Veinticinco días tardó el equipo de seis abogados, liderados por Cristóbal Osorio, en preparar el escrito de 222 páginas con que intentará defenderse la suspendida ministra Ángela Vivanco de los siete hechos que le “imputan” sus pares de la Corte Suprema, en medio de un proceso de remoción que se inició el 9 de septiembre.

Para confeccionar el documento entrevistaron a la magistrada en al menos cuatro oportunidades, revisaron cientos de documentos y levantaron decenas de informes. Concluyeron, de esta forma, que el proceso contra Vivanco ha estado cargado de una serie de anomalías, que se han vulnerado derechos constitucionales y que incluso 12 de los ministros que tendrán que sellar su futuro en el máximo tribunal estarían inhabilitados para juzgarla. Algunos por ser miembros de la Comisión de Ética, por ser indagados por esta misma, por haber emitido opiniones, o -incluso- aparecer en los chats de Hermosilla, etc.

El libelo fue presentado este viernes cerca del mediodía. Ahí Osorio pidió “poner la pelota en el suelo”, haciendo una metáfora futbolística, y pidió a la Suprema “no tomar una decisión precipitada”, emplazándolos a que lean el documento por “respeto” al trabajo realizado.

Uno de los puntos más llamativos en los descargos es que acusaron que la jueza no ha sido indagada con perspectiva de género por parte de la Comisión de Ética y que le hicieron preguntas -a su juicio- “inapropiadas” y que sólo le harían a una ministra mujer. “¿No le parece que uno debería preocuparse de lo que hacen los hijos, las parejas, los maridos?”, le habría cuestionado Gloria Ana Chevesich. Mientras que en el interrogatorio, el ministro Ricardo Blanco habría hecho esta reflexión: “Es complicado cuando uno tiene una pareja y la pareja de esa persona llega a ministro de la Corte Suprema”. Todo esto por un chat en que el esposo de la magistrada, Gonzalo Migueles, le envió un mensaje a un candidato a fiscal nacional del cual se desprende que habría estado interfiriendo en el concurso en que participa el máximo tribunal.

A continuación, La Tercera desglosa las pruebas de Vivanco.

Proceso de remoción: Las pruebas que presentó Vivanco para defenderse ante la Suprema (Foto: Andrés Pérez)

Intervención en nombramientos

El primer cuestionamiento es, justamente, el que atribuyen a la pareja de la ministra, Gonzalo Migueles, en medio del pasado concurso de fiscal nacional. Un reportaje de Ciper develó un pantallazo en que el primero ofrece un doctorado al fiscal regional de Aysén, Carlos Palma, para que desistiera de seguir en carrera.

Ante esto, la defensa de Vivanco asegura que no hay pruebas de la supuesta injerencia de la inculpada en el citado concurso. Por lo mismo, dicen los abogados, resulta inconsistente que igualmente se “presuma” que tiene responsabilidad e incluso que la hagan responsable de lo que hace su cónyuge.

Otras de las insinuaciones del mismo reportaje, y que fue la base para levantar cargos en su contra, fueron supuestas gestiones en torno a designaciones de notarios. Al respecto, advierten que no hay prueba lícita que la vincule.

Afirman que no se puede considerar como válida la supuesta declaración de una ministra de la Corte de Valparaíso que aseveraría que hubo llamados de la jueza relacionados a la designación de un conservador, dado que constituye “una testigo sin rostro”.

Irregularidades en causa Codelco vs. Belaz Movitec

El segundo cuestionamiento dice relación con un eventual actuar irregular de Vivanco en la tramitación de una causa entre Codelco y la empresa Belaz Movitec, acusándola de haber interferido en el proceso. Sin embargo, la defensa hace presente, entre otros elementos, que no se pueden atribuir faltas sólo a ella -si las hubiera-, en circunstancias que cuando la contienda fue abordada por la Tercera Sala había más integrantes. En total, durante todo el proceso, 14 ministros y abogados integrantes intervinieron en las determinaciones más relevantes.

“Se omite que todas las resoluciones adoptadas se hicieron por parte de la Tercera Sala, compuesta por otros cuatro magistrados y/o abogados integrantes que, concurriendo con su voto, son copartícipes de las decisiones adoptadas”, se lee en el documento.

De todas formas, hace presente que al tratarse de una acción de protección, estaba totalmente justificado que la causa fuera puesta en tabla y resuelta a la brevedad. La defensa incluyó una tabla en que ejemplifican que otras 27 causas tramitadas ante la misma Tercera Sala fueron resueltas en menos de 20 días.

Intromisión en designaciones judiciales

Los hechos tres y seis, de acuerdo con lo expuesto por la defensa, tienen origen en eventuales coordinaciones de Vivanco con Hermosilla para incidir en nombramientos. Pese a ello, no se les han hecho llegar antecedentes claros de normas infringidas ni mayor información sobre esa imputación.

“No señalan en qué habrían consistido las supuestas intervenciones, cuándo habrían ocurrido, si fueron exitosas, quiénes fueron los presuntos perjudicados o beneficiados, cuáles normas jurídicas habrían sido infringidas, etc. Pero, asimismo, no existiría “interés” acreditado, máxime cuando según la jurisprudencia, el “interés” siempre debe ser de carácter patrimonial”, sostienen.

Si hubiese existido injerencia, en todo caso, destacan que los hechos eventualmente irregulares estarían prescritos.

Defensa de Ángela Vivanco solicitará inhabilitar a 62 diputados en votación de AC por sus opiniones “frívolas” en redes sociales (Foto: Andrés Pérez)

Irregularidades en integración de salas

El cuarto hecho hace referencia a que la ministra supuestamente habría intentado integrar de manera irregular la Segunda Sala con fecha 9 de febrero de 2021, a petición de Hermosilla, aunque -en medio de sus descargos- descartan que eso haya finalmente ocurrido.

Advierten, en ese sentido, que es labor excluyente del presidente de la Suprema organizar la integración de las instancias, por lo que ella no pudo haber burlado la norma. Tampoco, explicitan, realizó solicitudes para concurrir a dicha Sala. Por lo mismo, indican que el contacto entre ella y Hermosilla, sólo fue “una simple conversación que no produce efecto jurídico alguno en el mundo del derecho”.

Revelación de información reservada

En cuanto a la entrega de información acerca de causas relacionadas con miembros de Carabineros y de las Fuerzas Armadas a Hermosilla, lo que constituye la quinta “imputación”, la defensa sostuvo que “consta de la revisión de extracción de conversaciones que no se entregó información, documento, fotografía o audio con acuerdos, sentencias u otro”.

Dado lo anterior, dicen, procede la absolución.

Agregan, en el mismo sentido, que ella nunca hizo recomendaciones procesales al abogado Hermosilla, sino que los comentarios que le hacía llegar constituían meras observaciones.

En concreto, se ha afirmado que Vivanco le “recomendó” a Hermosilla recurrir de queja en una causa, pero, en definitiva, asegura la defensa, el penalista no tramitaba la causa que se encontraban comentando.

“Errores” en tramitación de otras ocho causas

La séptima imputación hace alusión a que la ministra habría incidido irregularmente en la tramitación de ocho causas, tal como lo revelaron relatores de la Tercera Sala en declaraciones que son cuestionadas por la defensa.

Pero aunque se ha dicho que Vivanco habría alterado la tabla, sus abogados indican que ella sólo siguió “prácticas judiciales asentadas entre los miembros de la Tercera Sala”.

“En efecto, al arribar a la Tercera Sala en el año 2018 nuestra representada observó lógicas, lenguajes, seguimientos de causas y organización interna del tribunal, ya liderado desde ese entonces por su presidente, el ministro Sergio Muñoz Gajardo. Es decir, hizo suyo ese capital o acervo cultural que ahora todos omiten y nadie quiere ser padre o madre de dicho conocimiento”, manifiestan.

Aseguran que se le denuncia por supuesta intromisión al inquirir por la redacción de determinados fallos o resoluciones y presionar para que estos se dictaran con prontitud, lo que aclaran se dio para evitar retrasos injustificados.

De hecho, manifiestan que fue por instrucción de Muñoz que entre 2020 y 2024 envió 76 cartas a relatores y abogados integrantes a fin de dar seguimiento a la redacción y firma de sentencias.

En el mismo sentido, hicieron presente que sólo en la Segunda Sala se cumple lo mencionado por Chevesich respecto de que la tramitación de las causas se ordena de acuerdo a la antigüedad de las mismas y que ni siquiera en la sala que preside (la Cuarta) se constata. Para ello presentaron decenas de ejemplos de toda la Suprema.

Ahora el “balón” se puso al piso y la pelota está en la cancha del pleno del máximo tribunal, el cual se apronta a decidir si la remueve o no del Poder Judicial. b