El fiscal regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, detalló los pasos que van a seguir en la indagatoria sobre la diputada Catalina Pérez, luego que la Corte de Apelaciones de la ciudad diera a conocer este jueves el fallo de 49 páginas en que acogió la solicitud de desafuero de la legisladora.

En fallo unánime, el tribunal pleno –integrado por los ministros Dinko Franulic Cetinic, Hernán Cárdenas Sepúlveda, Juan Opazo Lagos, Eric Sepúlveda Casanova y Jaime Rojas Mundaca– estableció que los antecedentes vertidos por los intervinientes permiten hacer lugar a la formación de causa en contra de la diputada en el marco del denominado caso Democracia Viva.

“Nuestra evaluación, naturalmente es positiva. Sí me parece pertinente dejar absolutamente en claro que esta es una etapa dentro de diversas etapas que tiene esta investigación y este procedimiento para continuar adelante”, explicó el fiscal regional.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta dio a conocer el fallo que acogió el desafuero de la diputada Catalina Pérez por el caso Democracia Viva.

Juan Castro Bekios insistió en que que el pronunciamiento que da lugar al desafuero “no significa una declaración de culpabilidad por parte de la Corte de Apelaciones de Antofagasta”.

En esa línea, precisó que el fallo que acogió el desafuero plantea que hay mérito para seguir adelante con las distintas actuaciones del procedimiento.

“Ese haber mérito pasa porque se cumpla un determinado estándar ¿Cuál es ese estándar que señala el fallo de la Ilustrísima Corte de Apelaciones? Es un juicio de probabilidad, de plausibilidad, de que los antecedentes que tiene el Ministerio Público son suficientes en términos objetivos para eventualmente continuar con la persecución penal”, acotó.

“El tribunal descarta que haya habido aquí alguna imputación injustificada”

Así, el persecutor sostuvo que lo relevante fue queel tribunal, sobre la base de dejar muy en claro que no se puede pronunciar del fondo del asunto, es decir, resolver sobre la culpabilidad o no de la persona que está siendo desaforada, sí entendió, como lo ha entendido respecto de otras situaciones en la misma causa, cuando se han revisado medidas cautelares, por ejemplo, es que sí existen antecedentes que justifican la existencia del delito y de la participación, en este caso, de la persona desaforada”.

“Eso es relevante porque descarta, de esa manera, que haya habido aquí alguna imputación injustificada, arbitraria o de cualquier otra naturaleza. La Justicia y la Corte de Apelaciones estima que hay antecedentes objetivos que permiten, cierto, continuar adelante y conceder el desafuero. Y para eso significa que hay antecedentes probatorios que lo ameritan, sin pronunciarse, por cierto, respecto del fondo del asunto”, recalcó.

El fiscal Juan Castro Bekios.

El persecutor admitió la probabilidad de que la defensa de la diputada apele ante la resolución por lo que esperan que el desafuero sea confirmado para proceder a formalizar.

“Esta sentencia, este fallo que fue dictado el día de hoy, es susceptible de recurso. Y es lógico que en un caso de esta envergadura, la defensa pueda evidentemente interponer recursos, que en el caso de una solicitud de desafuero acogida por una Corte de Apelaciones, ese recurso se interpone dentro del plazo de cinco días ante la excelentísima Corte Suprema de nuestro país, que suponemos que es lo que va a ocurrir”, comentó.

¿Qué acciones realizarán?

El fiscal regional indicó que una vez que la Corte Suprema se pronuncie en definitiva respecto de una eventual apelación de la resolución de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, será ese “el momento en que el Ministerio Público tendría que solicitar lo respectivo, sobre la formalización de la investigación y cualquier otra medida cautelar que se haya o se estime necesario solicitar”.

“Nuestro sistema procesal penal, y sobre todo considerando los delitos por los cuales se ha formalizado en este caso, que son delitos reiterados de fraude al fisco, por las penas que tienen esos delitos, lo más probable, y todo indica que esto se tenga que resolver en un juicio oral. Independiente, y esto es absolutamente independiente del tema del desafuero, dejándolo a un lado. Eso significa que hay que pasar por distintos requisitos previos. Uno de los fundamentales es, por cierto, la formulación de la acusación. Luego de eso viene una audiencia de preparación de juicio oral, donde se discute cuál es la prueba que va a ir en definitiva a juicio, y luego recién llegaríamos a un juicio oral. Así que, independientemente de que se considere o no que hay antecedentes suficientes para seguir adelante, hay que cumplir con toda la relatoriedad procesal y los plazos que están establecidos en la ley para llegar en definitiva a una sentencia”, planteó el persecutor.