Más de 80 mil personas han sido formalizadas o requeridas por el Ministerio Público por haber infringido algunas de las medidas dictadas por la autoridad sanitaria en medio de la pandemia. En estos cinco meses, el Ministerio Público apostó por imputar a quienes infringen cuarentenas el artículo 318 del Código Penal, que castiga a quien con su conducta pone en riesgo la salud pública. Sin embargo, detractores de esta política de persecución penal han cuestionado a la Fiscalía señalando que si una persona no está contagiada de coronavirus, no hay riesgo y, por ende, no se configura el tipo penal.
La discusión llegó a manos del Tribunal Constitucional (TC) que hoy dejó en una complicada situación al Ministerio Público. Esto, porque tras un análisis acordó acoger parcialmente -en fallo dividido, por 5 votos a 4- un requerimiento presentado por la jueza de garantía Andrea Díaz Muñoz, quien acudió hasta el organismo para que se pronunciara si dicha normativa aplicada en concreto a un caso que se tramita en su tribunal podía infringir la Carta Fundamental por ir en contra de los principios de proporcionalidad, legalidad y de igualdad ante la ley.
En simple, el TC declaró inaplicable por inconstitucional parte del artículo 318 que tiene que ver con la pena de cárcel, dejando sólo como posibilidad -en el caso concreto que se llevó ante el organismo- la condena en multa como sanción y no la cárcel. En la discusión de quienes estuvieron por acoger el requerimiento la mayoría se inclinó por cuestionar la expresión “presidio menor en su grado mínimo a medio o”, contenida en el artículo 318, inciso primero, del Código Penal.
Al interior del Ministerio Público comentan que la decisión podría provocar un dolor de cabeza más grande a la Fiscalía. Al requerimiento presentado por la jueza Díaz Muñoz podrían sumarse otros imputados que se sientan perjudicados por la aplicación del artículo 318, sobre todo aquellos que han sido formalizados por no respetar las cuarentenas, pero no habiendo presentado nunca la enfermedad. A eso también, dicen las mismas fuentes se podría agregar el debilitamiento del miedo a la persecución penal, ya que las personas sabrán que a lo más arriesgan multa y no cárcel de vulnerar las medidas.
Por acoger el requerimiento de forma parcial estuvieron los ministros Iván Aróstica, José Ignacio Vásquez, Cristián Letelier, Nelson Pozo y Rodrigo Pica. Por rechazar, la presidenta María Luisa Brahm, Gonzalo García, Miguel Ángel Fernández y María Pía Silva. No estuvo presente el ministro Juan José Romero por encontrarse con licencia.