Este martes, el Tribunal Constitucional (TC) rechazó por 5 votos contra 3 el requerimiento presentado por Chile Vamos para impugnar un artículo relativo al cultivo de cannabis para uso de medicinal del proyecto de ley que busca mejorar la persecución penal contra el crimen organizado y el narcotráfico a través de la regulación del destino de los bienes incautados en ese tipo de delitos.
El proyecto ya fue aprobado por ambas cámaras del Congreso, por lo que tras la decisión del tribunal la normativa ya está en condiciones de ser promulgada como ley de la República por el Presidente Gabriel Boric.
Los ministros que estuvieron por acoger el requerimiento de la oposición fueron los abogados José Ignacio Vásquez, Christian Letelier y Miguel Ángel Fernández. Mientras que el resto del Pleno de ministros estuvo por rechazar la acción de inconstitucionalidad.
Tras conocer la resolución del organismo que preside la ministra Nancy Yáñez, la diputada Ximena Ossandón explicó que el artículo en disputa “no conversaba con la idea matriz del proyecto dado que permite la colusión entre los micro y narcotraficantes, que cuando iban a ser fiscalizados solo iban a presentar una receta médica”.
El proyecto había sido despachado por el Senado el pasado 14 de marzo, luego de que una comisión mixta zanjara las diferencias entre senadores y diputados. Sin embargo, tras el requerimiento presentado por parlamentarios de Chile Vamos, se había frenado su promulgación a la espera de la resolución del organismo encargado de velar por la Constitución.
“Creemos que es una contradicción de un proyecto que pretende combatir el narcotráfico se permita el cultivo de cannabis en las casas solo con la protección de una receta médica (...). Es algo que vamos a monitorear, si disminuye o aumenta y la práctica es algo que nos dirá si estábamos equivocados o no con el resultado del TC”, complementó Ossandón.
En concreto, la norma que buscaba impugnar Chile Vamos consagra el uso justificado de cannabis para la atención de un tratamiento médico, con la presentación de una receta médica extendida por un médico cirujano tratante. Dicho documento debe indicar el diagnóstico de la enfermedad, su tratamiento, duración y la forma de administración, la que no podrá ser mediante combustión.