El Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo dio a conocer esta mañana su veredicto en el juicio en contra del excapitán de Carabineros Patricio Javier Maturana Ojeda, imputado por el delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas por su responsabilidad en las heridas que cegaron a la senadora Fabiola Campillai.
Maturana fue condenado por decisión unánime del tribunal.
De acuerdo al fallo condenatorio dado a conocer, el exuniformado “expuso a la víctima en su actuar a graves lesiones y secuelas físicas, destruyendo su proyecto de vida” al disparar su arma no letal “desatendiendo la circular sobre el uso de la fuerza, los protocolos de mantenimiento del orden público y el manual de operaciones” y contraviniendo principios de proporcionalidad y necesidad.
La fiscal de Alta Complejidad de la Fiscalía Metropolitana Occidente Paola Zárate reiteró su solicitud de una pena de 12 años para el condenado. Asimismo solicitó reemplazar por prisión preventiva la medida cautelar de arresto domiciliario, atendiendo la calidad de condenado del excarabinero. El tribunal hizo un receso antes de comunicar su decisión al respecto, sin embargo, finalmente la solicitud de prisión preventiva no se acogió.
La lectura de la sentencia se realizará el lunes 10 de octubre de 2022 a las 13.00 horas.
“Tengo esperanza de que se hará justicia y de que se marcará un precedente en Chile, para mí y para todas las víctimas de violaciones a los derechos humanos”, expresó la senadora ayer, al finalizar las exposiciones de las partes.
Hoy, tras esperar la decisión del tribunal acompañada de su abogada Alejandra Arriaza, cercanos y grupos de activistas, reconoció que estaba “feliz”.
La senadora sostuvo que este veredicto constituye “un precedente en apoyo también a todas las víctimas”, afirmando que su lucha va a terminar “cuando cada uno de ellos tenga justicia”.
Los hechos
El caso es uno de los más emblemáticos de vulneración de derechos humanos en el contexto de las protestas tras el 18 de octubre de 2019. A eso de las 20.30 horas del 26 de noviembre de ese año, mientras se desarrollaban manifestaciones en su barrio y esperaba en un paradero el transporte que la llevaría a su trabajo, Campillai recibió el impacto de una bomba lacrimógena en el rostro, en la esquina del pasaje Ángel Guido con Fermín Vivaceta, en San Bernardo. La mujer perdió la visión en ambos ojos, el sentido del olfato y del gusto y sufrió una grave fractura craneana.
El juicio se inició el 10 de mayo de este año. “Advirtiendo la presencia de personas ubicadas en dicha intersección, sin que por ello se estuviese afectando la libre circulación de transeúntes o vehículos ni se pusiera en peligro la vida o seguridad de las personas que circulaban en ese momento en el sector, abusando de su cargo y con el propósito de proferir dolor, efectuó un disparo con la carabina lanzagases que portaba, la cual es percutada de frente, en forma recta, dirigiéndola directamente a las personas ubicadas en ese lugar, en un ángulo inferior a 10 grados, sin realizar parábola alguna, impactando de frente en el rostro de la víctima Fabiola Campillai Rojas, quien se encontraba a aproximadamente a 51 metros de distancia del imputado”, relató el juez Héber Rocco esa jornada, como parte de la acusación de la fiscalía.
La baja de Maturana y la cámara que ocultó
Maturana fue detenido y formalizado el 28 de agosto de 2020. Ese mes Carabineros dio a conocer un sumario administrativo en contra de los funcionarios involucrados en el hecho, determinándose su baja de la institución por no ayudar a la víctima y omitir el procedimiento legal correspondiente.
En julio de 2021 la fiscalía se enteró de que el exuniformado tenía una cámara GoPro ese día. La omisión provocó que el tribunal endureciera su medida cautelar y decretara su prisión preventiva, pese a que había sido revertida previamente. Sin embargo, días después la Corte de Apelaciones de San Miguel volvió a liberarlo y decretó su arresto domiciliario total. Ahí, desde su casa, Maturana recibió la noticia de que el Ministerio Público pidió que fuese condenado a 12 años de cárcel. En septiembre de ese año se decretó la reapertura de la investigación y se fijó un plazo de 60 días para nuevas pericias al computador y la tarjeta de la cámara corporal de Maturana.
En julio la senadora presentó una acción judicial contra el fisco exigiendo una indemnización de $ 2.000 millones por daño moral .
Reacciones
Beatriz Contreras, jefa metropolitana del Instituto Nacional de Derechos Humanos, parte querellante en el caso, valoró el fallo.
“La dureza de la situación se agudiza, toda vez que Fabiola fue herida mientras se dirigía a su trabajo, no constituyéndose ninguna amenaza para el agresor, para el perpetrador de estos hechos”, señaló, destacando que el veredicto valida las argumentaciones del equipo jurídico del INDH
“Así, después de casi tres años y pese a múltiples dificultades y obstáculos se empieza a ser justicia en uno de los casos más violentos y emblemáticos ocurridos en el contexto de la crisis social del año 2019″, expresó Contreras.
Amnistía Internacional Chile, en tanto, emitió un comunicado afirmando que “este veredicto condenatorio conlleva un avance en la protección y un reconocimiento al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, constituyendo un paso importante en materia de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición para las víctimas de violaciones en derechos humanos que se cometieron en el marco del estallido social”.
También valoró la decisión del tribunal el Consejo de Defensa del Estado, que en su calidad de querellante en la causa, buscó de forma prioritaria asegurar que la justicia “contara con todos los antecedentes relacionados con el procedimiento policial irregular ejecutado en este caso y que, finalmente, dieron cuenta de la dinámica de los hechos y la participación del inculpado en los mismos”, explicaron.
El CDE solicitó para Maturana la pena de 12 años y 132 días de presidio mayor en su grado medio, la que fue reiterada en la audiencia de hoy por el abogado litigante de la Procuraduría Fiscal de San Miguel a cargo de la causa, Javier Indo, atendido que es la pena mayor a la que puede ser condenado el carabinero según las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal del caso. Además, el organismo se opuso a atenuantes solicitadas por la defensa, lo que será determinado en la sentencia definitiva.