El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a tres años y un día de presidio, con el beneficio de libertad vigilada intensiva, a Esteban Moisés Vergara González, Héctor Ramón Lara Estrella y Jaime Nicolás Lagos Lagos, por su culpabilidad en calidad de autores del delito consumado de apremios ilegítimos causando lesiones graves.
Se trata de un ilícito perpetrado en abril de 2016, en la comuna de Huechuraba, cuando los tres imputados se desempeñaban como efectivos de Carabineros.
En un fallo unánime dado a conocer la mañana de este jueves, el tribunal, integrado por los magistrados Carolina Larredonda Muñoz (presidenta), Mauricio Rettig Espinoza y Denisse Ehrenfeld Ebbinghaus (redactora), aplicó, además, a los tres condenados las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y siete años y un día de inhabilitación absoluta temporal para cargo y oficio público, derechos políticos y profesiones titulares.
Para el cumplimiento de la pena sustitutiva, los condenados deberán presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, que corresponde a sus domicilios, dentro del plazo de cinco días contados desde que se encuentre ejecutoriada la sentencia y cumplir durante el periodo de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 20.00 horas del 11 de abril de 2016, la víctima, el ciudadano de nacionalidad haitiana David Brousseau caminaba por calle Las Campánulas a la altura de Los Retamos, en Huechuraba, cuando fue abordado por los tres funcionarios de la Sección de Investigaciones Policiales de la 54° Comisaría de Carabineros de Huechuraba vestidos de civil.
“En el marco de un control de identidad, procedieron a detenerlo y golpearlo en el brazo izquierdo con un objeto contundente, empujándolo a la fuerza hacia el interior del vehículo en el que se trasladaban. Luego, los tres funcionarios policiales trasladaron a la víctima a constatar lesiones al SAPU Los Libertadores de la comuna de Huechuraba, señalándole que no debía mencionar que había sido golpeado por ellos. Producto de las lesiones sufridas, la víctima resultó con fractura de húmero izquierdo de carácter grave. Lesiones que sanan, salvo complicaciones, en tres meses, con igual tiempo de incapacidad, presentando además secuelas a nivel psicológico producto de los hechos”, se relata en el fallo.
“Atendida la pena que se impondrá a los sentenciados, y por encontrarse dentro de los rangos que al efecto establece la Ley 18.216, se acogerá la solicitud de su defensa en orden a imponerle la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva”, se señala en la resolución del TOP, argumentando que eso se debe a que “la pena en concreto que se les impondrá no supera la pena corporal de los cinco años de privación de libertad y por cuanto carecen de condenas anteriores por crimen o simple delito”.