La tarde de este miércoles, la Contraloría emitió su pronunciamiento respecto de la legalidad del convenio de colaboración suscrito, en enero pasado, por el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, y autoridades del gobierno de Venezuela, declarando que la citada autoridad se encuentra facultada para realizar ese tipo de acciones.
Así, el organismo encabezado por Dorothy Pérez determinó que el acto en cuestión, y que había sido reprochado ante ellos por la diputada Gloria Naveillán, es legal.
“Esta Contraloría General concluye que el MISP se encontraba facultado para suscribir el convenio en análisis, toda vez que dicho acuerdo de voluntades incide en materias de su competencia, no comprende materias propias de ley, no se refiere a asuntos incompatibles con la política exterior del país -según lo informara el MINREL- y los derechos y obligaciones que de aquel se derivan son asumidos exclusivamente por la secretaría de Estado que lo suscribe y la PDI, conforme a las reglas generales”, se lee en el documento de cinco carillas.
En ese sentido, el pronunciamiento de Contraloría enfatiza en que, ajustándose al artículo 35 de la ley N° 21.080, y teniendo en cuenta el recrudecimiento de la delincuencia organizada transnacional, fue que el Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile suscribió dicho acuerdo para promover, coordinar y fomentar medidas de prevención y control de la delincuencia.
Y en ese contexto, agregaron, se pactó con la contraparte, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz de la República Bolivariana de Venezuela, la mutua colaboración, para facilitar el intercambio de la información necesaria para la investigación de delitos que son expresión de la criminalidad organizada.
Dado que la parlamentaria habría advertido que se podría tratar de un tratado que debió haber sido revisado por el Poder Legislativo, la entidad aclaró: “No se está en presencia de un tratado internacional que deba ser suscrito por el Presidente de la República, sino que de un convenio interinstitucional, que fue celebrado conforme al procedimiento de la ley N° 21.080, el cual, al tenor del artículo 35 de dicha ley, solo genera obligaciones para la entidad pública concurrente, y no obligaciones derivadas del derecho internacional para la República de Chile”.
Además, desde la entidad manifestaron que del mismo articulado del convenio se desprenden aspectos “que resguardan adecuadamente el tratamiento de la información compartida”.
Frente al pronunciamiento, el subsecretario del Interior aseguró, por medio de su cuenta en X, que éste “reafirma lo señalado desde un principio: el convenio de intercambio de información policial con Venezuela es un acuerdo celebrado conforme a la Ley. Reafirmamos la voluntad de impulsar la cooperación internacional para dar más seguridad a chilenos y chilenas”.