Octubre es un mes clave para la anunciada reforma al sistema de nombramientos judiciales. Y es que luego de meses en que las críticas a la fórmula existente han ido en aumento, ante denuncias por tráfico de influencias en designaciones de supremos y ministros de Corte, el gobierno se alista para ingresar el proyecto al Congreso.
Como ha dicho públicamente el ministro de Justicia, Luis Cordero, se enfrenta una fuerte crisis en la materia a propósito del denominado caso Audio -en medio del cual ha quedado al descubierto que diferentes abogados contactaban al penalista Luis Hermosilla para llegar a determinados cargos-, por lo que ha insistido en que la reforma es “inevitable” y una “oportunidad”.
“Si hay algo que sirve en las crisis, particularmente en aquellas que pueden estar vinculadas a conflictos de intereses, probidad, corrupción, es que se abren ventanas de ajuste que son muy acotadas. Si no aprovechamos esta ventana de acuerdo en el sistema político, vamos a volver a fracasar”, manifestó el secretario de Estado en entrevista con Desde la Redacción de La Tercera hace unos días.
Por lo mismo, de acuerdo con antecedentes recabados por este medio, es que el Ejecutivo ha avanzando en la propuesta y ya hay cuatro pilares clave sobre los que se moldeará el nuevo sistema: separar nombramientos de la labor administrativa, se crea un nuevo proceso de evaluación, se elimina la figura de abogados integrantes y se establecen nuevas regulaciones de eventuales conflictos de interés.
Separar nombramientos de la labor administrativa
Tal como se hizo en lo referente al nombramiento de notarios, el Ejecutivo está por excluir totalmente la participación de las cortes de apelaciones y de la Corte Suprema en los mecanismos de designación.
Esto supondría, como se ha definido hasta ahora, la creación de un Consejo de Nombramientos -cuya fórmula de integración aún no está ciento por ciento zanjada- que estará a cargo de fijar las bases del concurso para llenar un determinado cargo vacante, y de ponderar si el candidato cumple o no con los requisitos.
Si bien en el mencionado Consejo podrá haber representación judicial, ya no hay participación directa de ministros en la selección de candidatos, ni tampoco los magistrados tendrán injerencia en otras cuestiones administrativas en las que hoy sí influyen.
Aquello derivaría en la profesionalización de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, aplicando nuevos y mejores mecanismos de control y transparencia -sobre todo en términos de rendición de cuentas, según comentan entendidos en la materia-, y en la eliminación del Consejo Superior.
Nuevo proceso de evaluación
Se trata de la parte central del cambio en el sistema, ya que se pretende introducir un elemento que hasta ahora no existe y que tiene que ver con una evaluación objetiva que busca medir cuán capacitados están los postulantes a un determinado cargo, ya sea de juez de primera instancia, así como también para integrar tribunales superiores.
Lo anterior dice relación con que el gobierno considera que actualmente los requisitos de ingreso a la judicatura “son muy básicos” y que la fórmula está diseñada para que quienes logren conquistar más votos se hagan con el puesto, incentivando “contactos impropios”.
Así, se buscará fijar constitucionalmente que el sistema esté mandatado a evaluar el mérito por sobre cualquier otro elemento. Para lograr aquello, la fórmula que se propondría es que la Academia Judicial sea quien gestione los procedimientos de selectividad, por la experiencia que tiene en la materia.
Entonces, una vez que el Consejo de Nombramientos decida llamar a concurso y tenga que evaluar a los postulantes, no solo tendría que tomar en cuenta si el candidato cumple con los requisitos ya estipulados, como ser abogado, chileno, haber pasado por programas de formación y tener cursos de habilitación en los casos que se requieren, sino que también deberá considerar, necesariamente, qué desempeño tuvo esa persona en la prueba de evaluación que diseñe la Academia.
Ese examen, de acuerdo con fuentes que conocen de la materia, tendrá que medir no solo conocimientos, sino que razonamiento judicial y otros aspectos. Con ello se ranqueará a los aspirantes y aplicaría tanto para jueces de instancia que quieran tener cambios dentro del mismo escalafón, como para aquellos que quieran llegar a cortes de apelaciones y a la Corte Suprema.
Una figura que se suprime
Dado que la función administrativa se separa totalmente de la labor de los jueces, el Ejecutivo llegó a la conclusión de que ya no se requerirá del apoyo de abogados integrantes en las cortes de apelaciones y en la Suprema, y por tanto se suprimiría esa figura.
Eso implica que los 12 abogados integrantes que hoy integran la Corte Suprema, y los 135 que hay en las cortes de apelaciones, desaparecerían. Y es que se entiende, a juicio del gobierno, que su presencia es un conflicto de interés en sí mismo.
Ello porque son elegidos por el Presidente de la República en base a ternas que elaboran las cortes bajo criterios que no consideran aspectos objetivos, según plantean fuentes de La Moneda.
Esta modificación no incidiría en la determinación de cuántos ministros se requieren para que una sala sesione y pueda revisar sus causas, por lo que, en la Corte Suprema, los integrantes deberán seguir siendo cinco.
Nueva regulación de conflictos de interés
En este punto, el gobierno trabaja en establecer mecanismos que permitan abordar preventivamente conflictos de interés más allá de las herramientas hoy disponibles, como las denominadas recusaciones a magistrados y mediante las cuales alguna de las partes puede pedir su inhabilidad para conocer de un determinado caso.
La idea es que quede definido y establecido con claridad qué constituye un conflicto de interés. Por ejemplo, qué se entiende por amistad, amistad manifiesta, y si puede una “amistad” en redes sociales implicar un conflicto.
La idea, de todas maneras, es abordar las “zonas grises” y que, en caso de que existan dudas, los jueces tengan la posibilidad de generar consulta a una entidad que pueda despejar si están o no en una zona de conflicto, como lo hace la Contraloría en otros casos.
Eso sí, para esto se crearía una regulación específica y una institucionalidad especial para resolver tal tipo de dilemas al interior del Poder Judicial.