Aprueban indicación que niega otorgar libertades condicionales a condenados por DDHH
Aquellos condenados entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, por delitos graves, no podrían acceder a dicho beneficio.
La tarde de este miércoles, la Cámara de Diputados aprobó con 63 votos a favor y 37 en contra, la indicación que rechaza otorgar libertades condicionales a condenados por violación a los Derechos Humanos.
Aquellos condenados entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, por delitos de homicidio, homicidio calificado, secuestro, sustracción de menores, detención ilegal, tormentos o rigor innecesario, no se les permitirá acceder a dicho beneficio carcelario.
Además, la indicación contempla que deben haber recibido sentencia, si hubiesen actuado como agentes del Estado en calidad de empleados público o por particulares a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia de estos.
Al respecto, el autor de la norma, diputado Leonardo Soto, destacó que con ella se busca "establecer una línea tajante entre la delincuencia común y los condenados por violaciones a los DDHH, cometidas durante un período muy específico de la historia de Chile en que no existió estado de derecho y estos criminales actuaron, en tanto agentes del estado, con completa impunidad".
"Esto en un contexto en que nunca han manifestado arrepentimiento ni colaborado con la Justicia. Hasta hoy muchos de ellos se enorgullecen de sus crimines e incluso en la Cámara hemos escuchado como con total desparpajo hay diputados que los siguen justificando, lo que da cuenta de que aún no existe, ni en ellos ni en parte de la derecha chilena, consciencia del inmenso mal causado", agregó.
Con esto, la reforma al sistema de libertad condicional para las personas condenadas a penan privadas de libertad, remarcando su carácter de beneficio y no de derecho, fue despachada al Senado a tercer trámite.
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