Condenan a sujeto acusado por Fiscalía Centro Norte por quemar a ex pareja y a suegra
El imputado le manifestó a su conviviente que no la dejaría ser feliz y que le quemaría la cara con ácido y que un día después cumplió su amenaza.
El Segundo Tribunal Oral condenó al imputado Robin Montalvo Guidotti, acusado por la Fiscalía Centro Norte de quemar con ácido sulfúrico a su ex pareja y a la madre de ella y de lesionar a su propio hijo.
La resolución la adoptó tras conocer los antecedentes expuestos por los fiscales Alika Sukni y Luis Isla, quienes lograron acreditar durante el juicio oral que el 10 de octubre de 2012, el imputado Robin Montalvo Guidotti, le manifestó a su conviviente Y.A.C. que no la dejaría ser feliz y que le quemaría la cara con ácido y que un día después cumplió su amenaza.
De acuerdo con la investigación de la Fiscalía Centro Norte, Montalvo extrajo una botella con ácido sulfúrico que mantenía guardada y derramó el líquido en la cabeza y espalda de la mujer. La víctima huyó del lugar, mientras que el imputado continuaba lanzando ácido a la madre de la víctima, la señora M.C.S, quien se encontraba junto al niño, resultando ambos con quemaduras. Tras agredir a la segunda mujer, el acusado volvió a atacar a su ex pareja, derramando ácido sobre su cuerpo
LESIONES GRAVÍSIMAS
En su resolución, el tribunal acogió lo planteado por la Fiscalía Centro Norte y condenó a Robin Montalvo como autor del delito de lesiones graves gravísimas, atendidas las quemaduras con las que resultó Y.A.C, consistentes en quemaduras por ácido en cabeza, cara, espalda y extremidades superiores, que alcanzaron el veinte por ciento de la superficie corporal. Estas quemaduras le provocaron importantes secuelas, especialmente a nivel de la cara, además de cicatrices deformantes en el rostro, cabeza, extremidades y espalda, imposibles de corregir de manera total.
En el caso M.C.S. en tanto, el tribunal condenó a Montalvo como autor del delito de lesiones graves. La Fiscalía había solicitado que se le condenara como autor de lesiones graves gravísimas por estos hechos.
En tanto, el tribunal absolvió al acusado del delito de lesiones menos graves por el que había sido acusado a raíz de las quemaduras con que resultó el niño A.M.A. durante la agresión, pero condenó a Montalvo por las lesiones que le provocó al niño tras una golpiza que le propinó meses antes de quemar a su madre y abuela.
En su resolución, el tribunal descartó que el imputado tenga padecimientos psiquiátricos, circunstancia invocada por la defensa de Montalvo para reducir su condena.
Tras conocer la resolución, el fiscal Isla destacó que como Ministerio Público "no se puede estar satisfecho al traer casos tan graves como este a un tribunal", pero destacó que la pena que se puede aplicar en este que llega a los 17 años de cárcel caso se ajusta a lo acreditado ante el tribunal.
El fiscal manifestó que en este caso había antecedentes previos de violencia, pero que no fueron denunciados hasta que fue demasiado tarde. "Toda víctima de violencia intrafamiliar o violencia de género debe informar a las policías o al Ministerio Público. Una medida de autocuidado necesaria es que las víctimas denuncien los hechos para poder adoptar medidas" en su resguardo.
PENA SOLICITADA
Durante la audiencia de determinación de pena, luego que el tribunal indicara los delitos por los que condenó a Montalvo y desestimar algunas antenuantes y agravantes invocadas, la Fiscalía Centro Norte pidió una pena de 12 años y seis meses de cárcel en contra del acusado como autor de un delito de lesiones graves gravísimas en perjuicio de su conviviente Y.A C. Por el delito de lesiones graves en perjuicio de M.C.S, se solicitó una pena de cuatro años de presidio. En tanto, pidió otros 300 días de cárcel por las lesiones provocadas al niño A.M.A.
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