Corte Suprema ordena a concesionaria autopista pagar $ 16 millones a conductor que chocó contra un animal
La Corte Suprema condenó a la Sociedad Concesionaria Los Lagos a pagar una indemnización de casi $ 16 millonesal conductor de un vehículo que chocó con un vacuno, provocando un accidente en la autopista el 13 de marzo de 2009, en la Región de Los Lagos.
Patricio Medina Cárdenas conducía su furgón Volkswagen por la Ruta 5 Sur, en compañía de tres de sus hijos, cuando a la altura del kilómetro 970, embistió a un vacuno que se cruzó en la vía, colisión que le provocó serias lesiones a los ocupantes, y la pérdida casi total del vehículo. Un hecho que ocurrió el 13 de marzo de 2009, en la Región de Los Lagos.
Hoy, la Corte Suprema condenó a la Sociedad Concesionaria Los Lagos a pagar una indemnización de casi 16 millones de pesos al conductor del vehículo, por considerar que la empresa fue la responsable del accidente.
"A la sociedad concesionaria le cabe responsabilidad extracontractual fundada en las normas del derecho común, esto es, frente a la ocurrencia de un hecho ilícito consistente en el incumplimiento de deberes de cuidado, particularmente del deber de seguridad que le es exigible a la concesionaria en los términos recién descritos, corresponde analizar si concurren los requisitos necesarios para que surja la obligación de indemnizar perjuicios a favor de los demandantes (…) dentro del contenido de la obligación de seguridad impuesta al concesionario de obras públicas se encuentra el deber de cuidado y vigilancia diaria y permanente en la vía concesionada de modo de eludir peligros evitables que pudieren sobrevenir", dice el fallo.
El documento explica que en este caso, resulta evidente que el animal entró a la autopista por un espacio no cerrado adecuadamente, "que no fue posible determinar en la revisión de los cercos que se efectuó con posterioridad al accidente, según se desprende de la declaración del testigo de la demanda".
"En otras palabras, pesa sobre la sociedad concesionaria para con el usuario de una ruta concesionada la obligación de adoptar las medidas de seguridad necesarias para soslayar la ocurrencia de accidentes en aquella, la que en este caso fue incumplida. En efecto, existía un deber de cuidado y vigilancia permanente con la finalidad de adoptar las medidas de seguridad necesarias en forma oportuna, resguardo que era necesario en razón de las especiales características del camino o autopista y su entorno", concluye la resolución.
El fallo fue dictado en forma unánime por los ministros de la Cuarta Sala de la Corte Suprema.
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