Corte Suprema ratifica fallo que ordena restituir patrimonio ferroviario a ramal Talca-Constitución

El fallo de la Corte de Apelaciones determinó el actuar ilegal de EFE al trasladar el buscarril del ramal Talca-Constitución, sin tener la autorización del Consejo de Monumentos Nacionales.




La Corte Suprema ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Talca que ordenó la restitución de una máquina ferroviaria del ramal Talca-Constitución, la que fue trasladada por la empresa a la ciudad de Arica.
 
En fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala Héctor Carreño, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y Carlos Cerda (suplente); además del abogado integrante Guillermo Piedrabuena, confirmaron en todas sus partes y sin modificaciones la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, que acogió el recurso de protección presentado por organizaciones de rescate del patrimonio ferroviario y ciudadanas por el traslado de una máquina (buscarril o automotor) a Arica, dispuesto por la Empresa de Ferrocarriles del Estado –EFE-.
 
El fallo de la Corte de Apelaciones determinó el actuar ilegal de EFE al trasladar el buscarril del ramal Talca-Constitución, sin tener la autorización del Consejo de Monumentos Nacionales.

"Que para resolver este recurso se hace necesario analizar el informe que emite el Consejo de Monumentos Nacionales, del cual se obtiene que la Empresa de Ferrocarriles del Estado traslado un buscarril desde Talca a la ciudad de Arica, sin mediar autorización del Consejo de Monumentos Nacionales; que después la empresa Trenes Metropolitanos S.A., solicitaron autorización para el traslado del Buscarril ADIT 256, desde la ciudad de Talca hasta Arica; que la Corporación de Desarrollo del Ramal Talca Constitución, solicitó información respecto del eventual traslado y medidas de protección para el buscarril; que el Consejo en su sesión ordinaria del 11 de Septiembre pasado, resolvió no aprobar la solicitud, en consideración a que el traslado propuesto afecta la integridad de un Monumento Nacional de alta significación social", sostiene el fallo del tribunal de alzada", indica el fallo.
 
Por lo tanto "se acoge el recurso de protección interpuesto a fojas 1, debiendo la Empresa de Ferrocarriles del Estado y/o Transportes Metropolitano S.A., retornar al ramal Talca-Constitución el buscarril ADiT 256-AiT256, todo ello sin costas".

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.