Las principales diferencias entre los dos juicios contra Martín Larraín

En el juicio condenatorio se estableció la huída del imputado y se absolvió a los amigos. En la segunda instancia en cambio, Larraín quedó absuelto, mientras que sus amigos fueron condenados por obstrucción a la investigación.




El 11 de julio del año pasado, el Tribunal Oral de Cauquenes condenó a Martín Larraín por cuasidelito de homicidio, descartando la ingesta de alcohol por falta de pruebas, por el atropello de Hernán Canales.

El hijo del ex senador de Renovación Nacional, Carlos Larraín, atropelló a la víctima en Curanipe, durante las celebraciones de Fiestas Patrias de 2013.

La Fiscalía quedó disconforme por la resolución de los jueces, ya que no estableció la conducción en estado de ebriedad del joven, lo que podía conllevar a un pena más dura que los 540 días de presidio remitido otorgados en el primer juicio.

Así la Corte de Apelaciones de Talca otorgó la nulidad de la instancia, dando pie a la preparación de un segundo juicio oral.

Durante la primera instancia, la jueza Darina Contreras, aseguró que las pruebas permiten configurar cuasidelito de homicidio, pues, se acreditó que quien conducía era el acusado, que el conductor al llegar a una curva atropelló al peatón Canales, que la víctima falleció entre 10 a 15 minutos después del accidente y que "el acusado Larraín Hurtado abandonó el lugar del accidente y no dio cuenta de lo ocurrido a la unidad policial más inmediata".

Este es uno de los puntos principales de conflicto entre el primer y segundo juicio, ya que en esta oportunidad la jueza Claudia Mora, informó que no se estableció la huída, ya que el imputado "por medio de sus amigos hizo los llamados de emergencia".

Por otro lado, en julio del año pasado el Tribunal de Cauquenes absolvió a los acompañantes de Larraín, imputados por el delito de obstrucción en la investigación, argumentando que dicha información falsa no logró intervenir en la investigación de la fiscalía, lo cual fue desestimado en la última instancia.

Destaca en el veredicto dado a conocer este martes, a diferencia del primer juicio oral, la observación sobre si el atropello fue en calle o en berma, lo que no se pudo acreditar.

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