Suprema recomienda unir proyectos sobre tenencia de animales potencialmente peligrosos
Máximo tribunal presentó sugerencias en informe solicitado por el Senado.
A través de un informe que le pidió el Senado, la Corte Suprema recomendó refundir en una sola iniciativa los cuatro proyectos que existen y que pretenden legislar sobre animales potencialmente peligrosos y la responsabilidad civil que implican los daños generados por este tipo de mascotas.
La iniciativa, propuesta por los senadores Guido Girardi (PPD), Carlos Kuschel (RN), Carlos Ominami (PS) y Mariano RuizEsquide (DC), se encuentra en su primer trámite en la Comisión de Salud de la Cámara Alta.
En dicho informe, fechado el 16 de junio pasado, el máximo tribunal señaló que el proyecto establece una responsabilidad civil por daños, que está contenido también en el Código Civil al hablar de daños causados por "un animal fiero".
Por ello, indicó que "sería necesario compatibilizar el proyecto con dicho precepto legal".
Del mismo modo, la Suprema manifestó que la única disposición de carácter orgánico de la iniciativa es la que impone una multa a quienes no cumplan con la obligación de informar a la Municipalidad o autoridad sanitaria de ser poseedor o tenedor de un animal potencialmente peligroso.
"Atendido a que, además de esta iniciativa legal, existen otros tres proyectos de ley referidos a animales potencialmente peligrosos, sería necesario refundir los proyectos que sean compatibles", indicó la Corte Suprema.
Además, el tribunal manifestó que el proyecto no señala qué tipo de animales son "potencialmente peligrosos" ya que encarga dicha determinación a la autoridad competente y a través de un reglamento.
"El proyecto debiera señalar al menos los criterios o parámetros básicos en base a los cuales la autoridad administrativa va a efectuar la calificación", sugirió el informe.
Agrega que no parece claro si al referirse a la "autoridad competente" se alude al Presidente de la República o a otra autoridad inferior, caso en el cual podría existir confusión respecto de las materias entregadas a dicha autoridad y al Mandatario.
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