Columna de Daniel Matamala: Cielo o infierno

Nueva Constitución
Nueva Constitución.


Si la nueva Constitución es aprobada, “la colusión va a ser imposible”, notifica la franja televisiva del Apruebo. También dice que a las mujeres les “permitirá tener una vida libre de violencia dentro y fuera del hogar”.

Luego, nos presenta la historia de Jaime, quien debe tener dos trabajos para mantener a su familia. Pero eso cambiará, porque “si se aprueba la nueva Constitución, Jaime tendrá derecho a un sueldo justo, para que no tenga que tener dos pegas, para que no tenga que llenarse de créditos”.

El paraíso está a un voto de distancia. Dependiendo del resultado del 4 de septiembre, podremos vivir en un país de ensueño.

La falacia que se repite en la campaña del Apruebo es confundir teoría con práctica, sueños con realidad, lo escrito con lo vivido.

Sí, el texto dice que la colusión es “contraria al interés social” y establece que “el Estado debe prevenir y sancionar los abusos en los mercados” (Artículo 182.5). Pero no basta con consagrar constitucionalmente un precepto para que este deje de ser violado, tal como no basta tipificar un delito para que este deje de cometerse. La colusión ocurre en todos los países, y su combate depende de una compleja trama de instituciones, normas, condiciones de mercado y prevención de la captura del Estado. Pensar que “la colusión va a ser imposible” solo porque la Constitución la condena es pensamiento mágico, impropio de personas adultas.

¿Y qué decir sobre la “vida libre de violencia dentro y fuera del hogar”? Sí, la paridad y la perspectiva de género en la justicia son avances significativos, pero no son una varita mágica que elimine, de un solo plumazo, siglos de machismo, misoginia y violencia contra las mujeres. Los abusos, violaciones y femicidios, lamentablemente, seguirán ocurriendo.

Sobre Jaime, la triste realidad es que al día siguiente del plebiscito deberá seguir trabajando igual. Sí, el Artículo 46.2 habla del “derecho a una remuneración equitativa, justa y suficiente”, pero como el dinero no se crea por decreto, el contenido de ese “sueldo justo” seguirá dependiendo de condiciones de mercado y productividad.

Mientras, la campaña del Rechazo nos muestra una historia opuesta, como una copia en negativo de la misma fotografía.

Un senador dice que se permitirá el aborto hasta los nueve meses. Otro parlamentario alerta de expropiaciones ilimitadas. Una diputada se pregunta si tras un accidente de tránsito ella será juzgada por una autoridad tradicional indígena. Y suma y sigue.

El infierno está a un voto de distancia. Dependiendo del resultado del 4 de septiembre, quedaremos condenados a vivir en un país de pesadilla.

El mecanismo en este caso es llevar todo hasta el más ridículo de los extremos. En el caso del aborto, la propuesta de la Convención establece, en su Artículo 61, el derecho a “una interrupción voluntaria del embarazo”, y especifica que “la ley regulará” el ejercicio de ese derecho. ¿Entonces, una ley establecerá que el aborto es legal hasta los nueve meses? Todos sabemos que no. La OMS habla de aborto hasta la semana 22, todas las legislaciones comparables regulan períodos que suelen oscilar entre las 12 y las 16 semanas, y ninguna organización pro-elección propone un aborto más allá de esas fechas. De hecho, son los mismos parlamentarios que propagan este absurdo los que deberían aprobar la ley que establezca los plazos.

Lo mismo pasa con las demás normas. No, el eventual triunfo del Apruebo no nos llevará a un país paralelo donde el Congreso dictará leyes absurdas que nadie propone ni respalda.

No basta con que un derecho sea consagrado para que se convierta en realidad. Como tampoco abre un portal a un universo alternativo de consecuencias extremas.

Para entender cómo opera realmente una Constitución, veamos un ejemplo de la carta actual. Esta, en su Artículo 19 número 8, consagra “el derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación” y señala que “la ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medioambiente”.

Imaginemos este artículo en el contexto del debate actual. ¿Qué prometería el Apruebo? ¡Se acaban las zonas de sacrificio! ¡Al fin podremos respirar aire puro y ver la cordillera! ¡Las aguas fluirán limpias y cristalinas, de cordillera a mar! ¿Con qué amenazaría el Rechazo? ¡Se acaban la minería y la industria! ¡Miles de trabajadores despedidos por el cierre de las fábricas! ¡Te quitarán tu auto porque contamina!

Todo eso es ridículo. Este artículo es parte de nuestra Constitución desde 1981 y ninguno de esos escenarios ha ocurrido.

¿Es irrelevante lo que diga la Constitución, entonces? No.

Pensemos de nuevo en el artículo que consagra el derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación.

Al ser un derecho establecido en la Constitución, los ciudadanos han podido recurrir de protección ante la justicia en casos graves de polución. También ha permitido leyes que restringen otros derechos, como el de emprender actividades económicas o el de propiedad, para equilibrarlo con la protección del medioambiente: restricción vehicular, impuestos verdes, zonas saturadas, evaluaciones de impacto ambiental. Progresivamente, a medida que Chile se desarrolla y el tema ambiental toma relevancia, las cosas han cambiado.

Eso, entre otras cosas, es una Constitución. Un marco general que habilita el debate sobre problemas relevantes. No es una varita mágica que los soluciona, como a veces promete el Apruebo, ni una norma tajante que debería dejarlos resueltos hasta el más mínimo detalle, como a veces exige el Rechazo. No es una ley, ni un reglamento, ni un programa de gobierno.

Es un marco general que abre discusiones, no una norma pétrea que las cierra, de una vez y para siempre. No nos lleva ni al cielo ni al infierno, simplemente dibuja un sendero por el cual seguir caminando.

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