Columna de Hernán Larraín F.: Ministerio Público, hora de cambios
El enjambre de líos judiciales a que hemos asistido en este último tiempo, ha puesto sus ojos en el rol del Ministerio Público (MP) dentro del sistema de justicia penal. Hijo de la Reforma Procesal Penal, constituyó un notorio avance en la investigación de los delitos permitiendo renovar la vetusta justicia del crimen “inquisitiva” por una “acusatoria”, acabar con una lacra de actuarios empoderados y corruptos, y mejorar sustancialmente la eficacia del trabajo persecutorio. Después de 25 años, la realidad impone cambios de fondo. Abro debate.
Desde luego, no parece sensato que el gobierno de la institución, unipersonal, no tenga algún contrapeso que no sean instancias conformadas por subordinados. Un Consejo no vinculante, integrado por jueces, policías, académicos y expertos, podría ser una oportunidad de diálogo y coordinación. Por su parte, el sistema de nombramientos (como en jueces y notarios) hace agua. Los fiscales regionales son designados por el fiscal nacional, a propuesta en terna de las cortes de Apelaciones, situación que se debe terminar, procurando en su reemplazo un sistema de selección técnico, objetivo y transparente, conducido por un órgano autónomo.
A su vez, la responsabilidad penal y disciplinaria de los fiscales no puede ser investigada por otros fiscales regionales, pues habría sobradas sospechas de su ecuanimidad (“entre bueyes no hay cornadas”). Así ocurre con la mala práctica de las filtraciones que emanan de las fiscalías, hechas para presionar a los imputados contra norma expresa, que dejan a éstos en la inopia y que quedan impunes. Se ha propuesto (por la Comisión Experta, p.ej.) la creación de una Fiscalía de Asuntos Internos, constituida por fiscales cuya única misión sería investigar las infracciones mencionadas, con autonomía total y sin integrar los cuerpos regulares del MP.
Quizás lo que cause más decepción ciudadana lo configuren los magros resultados de las investigaciones del MP. Según sus estadísticas (que incluyen solo lo que se denuncia), de 1.921.833 relaciones terminadas en 2023, 1.212.716 tuvo una salida no judicial: archivo provisional, orden de no perseverar o aplicación del principio de oportunidad. En simple, en el 63,1% de los casos no hubo investigación alguna, por diversos motivos. Es un exceso, inexplicable para las víctimas. Si recordamos que éstas no tienen defensa legal garantizada en las causas como los imputados, que disponen de una activa Defensoría Penal Pública, la impotencia abruma.
La efectividad tiene otros flancos ante el surgimiento de delitos de mucha complejidad o que van más allá del territorio de las fiscalías regionales. Ello condujo a la iniciativa consensuada de crear una Fiscalía Supraterritorial, con personal capacitado. Existe un proyecto de ley en trámite, pero algunos legisladores tienen excusas para no avanzar.
Las actuaciones posteriores de quienes dejan de ser fiscales también requieren de revisión, para evitar incentivos a la corrupción por causas que investigaron en su momento. Lo mismo diría de la necesidad de un control público y externo en la gestión de metas, administración de recursos y resultados, pues ayudaría a la transparencia y rendición de cuentas exigibles al MP.
Por Hernán Larraín F., abogado y profesor universitario
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