Columna de Paula Escobar: Culpable

Nicolas Lopez
El cineasta Nicolás López.


Esta es la verdad judicial final: culpable.

Porque este lunes 6, la Corte Suprema dio a conocer el fallo respecto del recurso de nulidad presentado por la defensa del cineasta Nicolás López. Y la Suprema ratifica que el cineasta es culpable de dos casos de abuso sexual, por los que le otorgó dos penas de tres años y un día.

(Aclaro que fui editora del reportaje sobre López realizado por los periodistas Andrew Chernin y Rodrigo Fluxá en la revista Sábado de El Mercurio, en 2018, y que dio origen a la investigación de oficio de la fiscalía).

Es una decisión suprema de gran importancia, porque durante todos estos años la defensa de López ha sostenido que las denunciantes mentían y que esto era un montaje medial.

“Cómo se construye a un culpable que no lo es: si tuviéramos que ponerle un título a este juicio, esa sería una buena elección… Esas acciones jamás ocurrieron, su señoría”, aseguró la abogada Paula Vial en el juicio, agregando que las víctimas habían denunciado para obtener ganancias secundarias y fama. Además, sostuvo que esto era un montaje del equipo periodístico, en una “verdadera cruzada por encontrar al Harvey Weinstein chileno”.

Repitió ese argumento una y otra vez. Pero el fallo del Tribunal Oral en lo Penal en mayo fue categórico: lo consideró culpable de dos abusos sexuales y lo tuvo en la cárcel casi un mes. Entonces, la defensa de López pidió revocarle esa cautelar y presentó varias causales de nulidad a la Corte Suprema. Varias de ellas atacaban el fondo de la resolución del tribunal: infracción al aplicar la perspectiva de género para condenar, infracción a la valoración de la prueba realizada por el tribunal, falta de fundamentación del tribunal en la decisión condenatoria y error al no considerar la atenuante de colaboración sustancial con la investigación.

Todas estas reclamaciones fueron desechadas por la Corte Suprema en su fallo del lunes pasado, lo que constituye un hecho de gran trascendencia: no había ni montajes ni mentiras.

La corte sí acogió un punto de reclamación de la defensa. La sentencia estableció “error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, al aplicar en la especie una modificación legal que no se encontraba vigente a la época de comisión de los delitos”.

El fallo original -que le había dado cinco años y un día- no consideró que uno de los hechos es anterior a un cambio legal: la modificación del Artículo 1 de la Ley 18.216, sobre penas sustitutivas, que es de mediados de 2016.

En lenguaje simple, esto implica que puede cumplir su condena sin ir a la cárcel, sino en “libertad vigilada intensiva”.

Esto es contradictorio y decepcionante: la pena debe estar a la altura del daño causado a las víctimas. Y, además, ¿qué es esa libertad vigilada “intensiva”? Según la abogada de las víctimas, Grace Schmidt (de la Fundación para la Confianza), «Gendarmería presenta un plan de vigilancia, el cual queda bajo la supervisión de esa entidad. López deberá pasar por una terapia sexual y psicológica. Estará bajo la gestión y será controlado por un delegado de Gendarmería”, dijo a radio Futuro.

Guardando las distancias, suena como las “clases de ética”, que han quedado para la historia como ejemplo de impunidad. Además, de no hacerse cargo de la dificultad de que esa libertad vigilada sea realmente efectiva. Está el caso de Curicó: Agustín O’Ryan Soler está prófugo de la justicia, tras ser condenado a pena de cárcel por dos delitos de connotación sexual contra menores de edad.

Pero dicho todo esto, y a pesar de la frustración que esta decisión pueda legítimamente producir, no se debe perder de vista que el veredicto es contundente. La fiscal regional Metropolitana Oriente, Lorena Parra, lo dijo con claridad: “No solo se valora y reconoce como verdaderas las declaraciones de las víctimas, sino de testigos y la diversa prueba”. Y, además, agregó lo importante que es que aclara que “fallar con perspectiva de género no significa un trato privilegiado para las víctimas”.

Y el caso también se cierra con un cambio -a través de estos años- en aquello que era antes considerado “permitido” en el ambiente audiovisual y en tantos otros, en cuanto a acoso y el abuso sexual. Las conductas de Nicolás López con estas víctimas son delitos graves, acreditados por la justicia.

Después de casi cinco años en que tanto él como su círculo, su abogada y su empresa de comunicación han denostado a denunciantes, periodistas, abogados y a quienes las apoyan, el caso ha llegado a su fin y la verdad judicial es una sola.

Parafraseando a la abogada Vial, si tuviéramos que ponerle un título, este sería solo uno: culpable.