Columna de Tamara Agnic y Gonzalo Medina: Sujetos obligados: más por ética que por ley
El crimen organizado y la violencia asociada a este fenómeno es la preocupación ciudadana más relevante de estos momentos en Chile. Los tristes casos de asesinatos de carabineros es solo una de las aristas de cómo se expresa la complejidad y gravedad a la que ha llegado el problema. Precisamente, el proyecto de ley que busca mejorar la persecución del narcotráfico y crimen organizado en varios cuerpos legales agrega a la Ley 19.913 sobre lavado de activos una serie de nuevas categorías de sujetos que se encuentran sometidos a la obligación de reportar a la Unidad de Análisis Financiero (UAF).
Hablamos de las automotoras y comercializadoras de vehículos nuevos o usados; las empresas de arriendo de vehículos; las personas que se dediquen a la fabricación o venta de armas; los clubes de tiro, caza y pesca; las personas naturales o jurídicas que se dediquen a la compraventa de equinos de raza pura; los comerciantes de metales preciosos; y los comerciantes de joyas y piedras preciosas.
La ampliación del catálogo de sujetos obligados que deben reportar operaciones en efectivo y operaciones sospechosas no solo se ha incrementado en el tiempo, sino que incluye ahora a rubros en los que se suele operar de manera poco formal o con dinero en efectivo. Ese es el clásico modo que utiliza quien no quiere dejar rastro y es eso lo que precisamente busca esta nueva reglamentación: ir tras el dinero de potenciales fondos provenientes de actividades criminales.
Los nuevos sujetos obligados son todos asociados a actividades que representan y han representado en el pasado oportunidades de lavado de activos. Ya era hora de sincerar esta situación: si quiero ocultar una actividad económica ilegal lo mejor es usar efectivo y no dejar rastros con bienes apetecibles, como automóviles, joyas o caballos purasangre.
El sistema completo debía poner un adecuado control para que la cadena en su conjunto operara como es debido, con los privados aportando alertas y forzándose a la formalidad, con el sector administrativo aportando con mejor inteligencia y procesamiento de la data a través de organismos como la UAF y el aparato jurisdiccional investigando, persiguiendo y sancionando a tiempo y con severidad.
Ahora bien, la definición de cuáles son los rubros riesgosos es algo que necesariamente debe ser evaluado en el tiempo, es dinámico y requiere una actualización periódica a la luz de la evidencia y la experiencia práctica del sistema en su conjunto. En la medida en que las actividades económicas van evolucionando y el crimen organizado encuentra nuevos recovecos para actuar, debemos actualizar nuestros instrumentos para cerrar esos espacios al lavado de activos que es la bencina para el motor de la criminalidad organizada.
La respuesta del sistema preventivo depende de que todos sus actores cumplan su rol y sus responsabilidades. Los sujetos obligados deben comprender la relevancia de su actuar y de su respuesta en la cadena: un reporte a tiempo puede significar, a la larga, la vida de una persona. Así de crítico es esto.
Por Tamara Agnic y Gonzalo Medina, directores de Chile Transparente