Complejo proceso de restitución de tierras a indígenas
Ante la vastedad de los territorios que potencialmente podrían ser abarcados como parte de una restitución -que en algunos casos corresponde a parte de ciudades- y el costo fiscal de dicha política, es fundamental que la autoridad no sobrealimente las expectativas.
Una investigación conjunta entre este medio y la consultora Atisba ha permitido entregar insumos para la discusión que se avecina en relación con la restitución de tierras indígenas, un proceso que si bien lleva casi treinta años aplicándose -en virtud de la Ley Indígena, lo que ha significado la adquisición por parte del Estado de más de 212 mil hectáreas- podría verse fuertemente impulsado a raíz de las disposiciones que contiene el borrador de nueva Constitución.
Entre las nuevas reglas propuestas -y que habrán de ser ratificadas o no en el próximo plebiscito de septiembre-, se indica que “el Estado reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y naciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos”, estableciendo además que “la restitución constituye un mecanismo preferente de reparación, de utilidad pública e interés general. Se señala, además, que “los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a utilizar los recursos que tradicionalmente han usado u ocupado, que se encuentran en sus territorios y sean indispensables para su existencia colectiva”.
En la medida que la restitución de tierras podría adquirir rango constitucional y desde ese punto de vista constituir una suerte de mandato para el Estado, surgen de inmediato las interrogantes de cuál sería la superficie de terreno que restaría por ser restituida, y cuánto podría llegar a costar para el Estado una fórmula de esa envergadura. Estos puntos cobran aún mayor relevancia considerando que algunas de las peticiones que han formulado representantes indígenas abarcan vastas porciones de territorio, apelando a razones ancestrales.
Puesto que no existe un catastro definitivo sobre los territorios susceptibles de restitución -la actual administración ha detenido el proceso para llevar a cabo un catastro exhaustivo, bajo el argumento de que se privilegiará el diálogo-, probablemente cualquier fórmula que se evalúe a futuro considerará como base aquellos territorios que forman parte de los títulos de merced, instrumentos que fueron emitidos por el Estado en el siglo XIX y parte del XX para reconocer derechos de propiedad de miembros del pueblo mapuche. Son casi tres mil títulos, representando más de medio millón de hectáreas.
De acuerdo con los datos que reveló la Unidad de Investigación y Datos de este medio, un cuarto de los habitantes que residen en las 51 comunas donde se consignan títulos de merced viven en una zona bajo estos títulos de dominio -en el caso de La Araucanía la cifra sube al 35%-, lo que representa más de 420 mil personas. En algunos casos, estas zonas corresponden a predios, pero en otros abarcan incluso extensas porciones de ciudades -es el caso de Pucón o Temuco- o de localidades densamente pobladas. En el caso de la comuna de Alto Biobío, por ejemplo, más del 90% de su población habita en zonas con títulos de merced.
Es fácil advertir las dificultades que se presentarán de materializarse una entrega de tierras a gran escala como la que podría surgir a partir de la nueva Constitución, algo que previsiblemente también ocurrirá en caso de que se imponga el Rechazo, pues hay una decisión política de profundizar la restitución de territorio, si bien no se han entregado mayores lineamientos al respecto. Cabe por lo mismo al gobierno y a los distintos estamentos políticos actuar con cautela y no sobredimensionar las expectativas, donde será necesario que las necesarias políticas de reparación a los pueblos indígenas se crucen también con indispensables dosis de realismo.
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