Derogación del estado de emergencia
Es un abierto contrasentido que mientras el gobierno se ha visto en la necesidad de invocar el estado de emergencia en la Macrozona Sur, la Convención haya decidido suprimirlo, quitando una herramienta necesaria en caso de grave alteración del orden público.
Resulta desde luego un total contrasentido que mientras el gobierno se ha visto en la necesidad de invocar el estado de emergencia constitucional para hacer frente a los gravísimos hechos de violencia que tienen lugar en la Macrozona Sur, a la par los convencionales que representan a la izquierda en la Convención Constitucional hayan resuelto terminar con dicho estado, una medida que, aunque probablemente efectista, no considera los alcances que podría representar para la seguridad del país.
Es habitual que los ordenamientos constitucionales consideren situaciones excepcionales en que se suspendan temporalmente determinadas garantías establecidas por la Constitución, en el entendido de que atendida la gravedad de ciertos fenómenos estos no se puedan manejar bajo condiciones de normalidad. En ese orden de cosas, el proyecto de nueva Constitución mantiene el estado de asamblea (en caso de guerra externa), el estado de sitio (en caso de conflicto armado interno) y de catástrofe (calamidad pública), pero en cambio elimina el de emergencia, diseñado para situaciones en que exista grave alteración del orden público o de grave daño para la seguridad de la nación.
Resulta inexplicable por qué se dejó fuera la dimensión de grave alteración del orden público, especialmente cuando conforme con el actual ordenamiento constitucional dicho estado es muy restrictivo -el Jefe de Estado puede dictarlo por 15 días y prorrogarlo por otros 15, pero cualquier renovación requiere del concurso del Congreso-, y solo se puede afectar la libertad de locomoción y reunión. Justamente está pensado para situaciones intermedias, que no alcanzan los ribetes de un conflicto armado, pero sí pueden comprometer gravemente el orden público.
Tal parece que las razones para prescindir de esta herramienta constitucional son de orden estrictamente ideológico, haciéndose eco de eslóganes como que el Estado debe evitar “militarizar” zonas del país, o bien por el hecho de que dicho estado fue introducido bajo la actual Constitución, lo que de suyo sería un factor que ameritaría su exclusión. Los sesgos que subyacen aquí contrastan con lo que ha sido la realidad, donde el actual gobierno, renuente a invocar el estado de emergencia, se vio en la necesidad de mantenerlo un tiempo en la zona norte, y finalmente tuvo que recurrir a este en el caso de la Macrozona Sur, luego de que en la propia coalición oficialista no estuvieran los votos para un estado de emergencia “acotado”. Los datos muestran que, si bien los hechos de violencia distan de haber terminado, en todo caso han disminuido, lo que de suyo justifica su invocación, y hace evidente la irresponsabilidad de suprimirlo sin siquiera dar alternativas.
El gobierno del Presidente Boric debe aquilatar las implicancias que tendrá el hecho de que en pocos meses más pueda dejar de contar con esta herramienta en caso de que se apruebe la nueva Constitución, extrañando el silencio sobre este punto. Sin la posibilidad evidente de que pueda contar con el apoyo de las Fuerzas Armadas para asegurar el orden público en casos graves -excepto que el Mandatario sustente la hipótesis de un conflicto armado interno-, la autoridad deberá considerar un plan de seguridad mucho más robusto, lo que por ahora no existe.
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