Designación de jueces: la reforma que sigue pendiente
En el escenario actual, donde varios ministros de la Corte Suprema podrían ser destituidos, y hay vacancias que aún no se llenan, es indispensable contar con un nuevo sistema de designación de jueces que termine con el “besamanos” y reduzca las gestiones de promoción a nivel político.
Está previsto que mañana se ingresen las primeras acusaciones constitucionales de las varias que han sido anunciadas tanto por el oficialismo como por la oposición en contra de cuatro ministros de la Corte Suprema, lo que abrirá un escenario especialmente complejo para el máximo tribunal. Por de pronto, están pendientes dos designaciones para llenar prolongadas vacancias -una de ellas se extiende por cerca de dos años-, en tanto que el 24 de octubre termina el período de otro ministro, quien cumple el límite máximo de edad. No es claro hasta dónde existirá disposición en el Congreso para seguir adelante con todas estas nominaciones, cuando reina tal nivel de cuestionamiento y desconfianza sobre el Poder Judicial, por supuestas actuaciones indebidas que todavía no acaban de despejarse. Y si además algunos o todos los posibles acusados terminan siendo removidos, se podría llegar a configurar un cuadro de vacancias sin precedentes, lo que inevitablemente afectaría el normal funcionamiento del máximo tribunal, además del impacto que algo así tendría en la imagen y confiabilidad de la principal instancia del Poder Judicial.
En la base de estos cuestionamientos figura el actual sistema de designación de los jueces del máximo tribunal, donde a efectos de lograr la aprobación de la Corte Suprema para integrar una quina, luego el visto bueno del Ejecutivo y por último los dos tercios del Senado, los candidatos son forzados a recurrir al “besamanos” y a buscar una serie de apoyos en el mundo político que al final abren el riesgo de generar una cadena de favores o prestarse para vínculos indebidos. En ese contexto, los parlamentarios no deberían cuestionar el hecho de que se hagan gestiones -porque el sistema está diseñado para que ello ocurra-, pero cosa distinta es si se comprueba el pago de favores o vínculos indebidos, algo que justamente es lo que ahora está bajo investigación.
Cuando este sistema se introdujo en 1997, vía reforma constitucional, se pensó que la forma de reducir los riesgos de captura y brindar mejores equilibrios era que intervinieran los tres poderes del Estado. Pero a la luz de las recientes experiencias, no hay duda de que un sistema como este debe ser modificado, por los riesgos de que los jueces puedan terminar comprometiendo su independencia con determinados gestores o con políticos. El sentido de urgencia de estos cambios se amplifica ante la posibilidad de que próximamente tengamos varias vacantes por llenar en el máximo tribunal, donde es fundamental contar con un sistema que ante la ciudadanía no dé pie para la desconfianza o los cuestionamientos.
Aun cuando desde hace años se viene planteando la necesidad de cambiar el sistema de designación de jueces -no solo del máximo tribunal, sino en todos los escalafones-, no ha sido posible alcanzar un consenso sobre la fórmula concreta, tal como ilustra un reportaje en esta edición dominical. Desde el retorno a la democracia se han planteado una veintena de propuestas, sin éxito, en tanto que el diseño que evaluaría presentar el gobierno apuntaría a reflotar la idea de una suerte de Consejo de la Magistratura, lo que no despierta suficiente adhesión en todos los sectores.
Al respecto, parece razonable mirar la experiencia del segundo proceso constituyente, donde la Comisión Experta -conformada por juristas de distintas sensibilidades- acordó por unanimidad en su anteproyecto una fórmula que buscaba descentralizar la designación de todos los jueces, así como la gobernanza del Poder Judicial, en distintos órganos, coordinados entre sí por un Consejo Coordinador del Poder Judicial, donde el máximo tribunal seguiría siendo la instancia máxima. Si bien podría discutirse la pertinencia de tener a varios órganos operando a la vez -ante el riesgo de que puedan entrar en conflicto-, hay una serie de principios en dicha propuesta que resultan ordenadores para la discusión. Si bien en el caso de los ministros de la Corte Suprema se mantiene el rol del Ejecutivo y el Congreso, la nominación de la quina provendría del órgano encargado de nombrar al resto de los jueces, introduciendo la figura de los concursos públicos, con énfasis en el mérito y no en la antigüedad, y bajando el quorum del Senado a tres quintos, lo que tendría un efecto doble: evitaría que minorías puedan bloquear un acuerdo político amplio -como puede ocurrir con un quorum de dos tercios-, y reduce en parte la necesidad de negociar con tantas fuerzas políticas a la vez.
Posiblemente la piedra de tope sea si seguir dándole al Congreso y al Ejecutivo un rol central en las designaciones; es un asunto desde luego medular, pero considerando que la Comisión Experta ya lo zanjó -además de haber consensuado otras normas que sería pertinente rescatar en una reforma al Poder Judicial, como el hecho de que los jueces deben atenerse siempre a la ley y evitar fallar con lógicas de políticas públicas-, en el apremiante escenario en que nos encontramos, donde urge concretar una reforma, tiene sentido explorar dicha fórmula, introduciendo todos los resguardos que se estimen pertinentes para desincentivar las malas prácticas, sin perder de vista que ni el mejor diseño en que se pueda pensar será suficiente si acaso sus integrantes deciden no actuar rectamente.
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