Dichos del ministro Muñoz

Ley
Dichos del ministro Muñoz.


SEÑOR DIRECTOR:

En una entrevista a este medio, el ministro de la Corte Suprema Sergio Muñoz insistió en la tesis de que el efecto relativo de las sentencias era particular al derecho civil, mientras que “en el derecho público para actos reglamentarios siempre hay efectos generales”. Se equivoca, porque la regla de oro del derecho público es otra: que ninguna autoridad puede ejercer otra autoridad que la que expresamente le haya conferido la Constitución y las leyes. Por eso el Tribunal Constitucional puede, en circunstancias muy particulares, dictar sentencias con efectos generales.

En cambio, no hay norma alguna que autorice a los jueces ordinarios a dictar sentencias con efectos generales en derecho público ni privado, porque ello es una atribución del legislador, y menos conociendo una acción cautelar como el recurso de protección.

El ministro Muñoz haría mejor en centrar su defensa de la acusación constitucional en los hechos que se le imputan y nada más. Respecto de las sentencias con efectos generales en materia de Isapres, la comunidad jurídica nacional ya parece haber concluido de manera prácticamente unánime que se trató de auténticas aberraciones jurídicas, al borde de la prevaricación.

José Miguel Aldunate

Director de Estudios

Observatorio Judicial

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