Donaciones verdes

Playa


SEÑOR DIRECTOR

Hoy nos encontramos discutiendo el anteproyecto de ley de cambio climático y la actualización de la Contribución Determinada Nacional. Como investigadoras de los centros EULA, (CR)2 y Crhiam en el Biobío, sostenemos que una de las medidas más importantes que deberíamos adoptar es la protección de nuestros ecosistemas acuáticos y terrestres. Esto implicará aumentar la inversión en investigación, gestión y protección, y utilizar todos los instrumentos para alcanzar dicha meta. Una de esas vías debe ser reformar la legislación nacional para incentivar las "donaciones verdes". Estas permitirán que cualquier persona (natural o jurídica) interesada en financiar proyectos para proteger, preservar y/o restaurar, puedan beneficiarse tributariamente, tal como ocurre con las llamadas donaciones culturales.

En nuestra normativa actual la protección ambiental no está dentro de los "objetos" de donación, de manera que, si una persona natural decide donar a fines "verdes", debe tributar hasta 25% del monto en impuesto a las herencias y donaciones, y, en caso de que se trate de una persona jurídica, su aporte deberá tributar con una tasa del 40%. Por tanto, el monto invertido se considerará gasto rechazado y se le considerará como si fuera un retiro de utilidades.

Además, debería considerarse como beneficiarios de estas donaciones no solo a las universidades y centros de investigación, sino también a las organizaciones de la sociedad civil como las ONG. Si logramos implementar las donaciones verdes incrementaremos significativamente acciones y medidas de mitigación y adaptación de nuestro país al cambio climático.

Verónica Delgado

CRHIAM y CR2

Laura Farías

CR2

Evelyn Habit

Alejandra Stehr

EULA

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.