Interrogantes ante descentralización financiera

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No es evidente que se requiera crear un nuevo marco de administración financiera regional para lograr los objetivos de descentralización.



l gobierno ingresó al Congreso un nuevo proyecto de ley de financiamiento, descentralización y responsabilidad fiscal regional. El nuevo proyecto replica algunos de los ejes de la iniciativa ingresada en 2020; sin embargo, dentro de las principales diferencias destacan la creación de un nuevo marco de administración financiera regional y permitir el endeudamiento de las regiones para financiar proyectos de inversión y una larga lista de nuevas competencias financieras.

Sin perjuicio de que la descentralización es un objetivo compartido, un primer elemento de preocupación de esta iniciativa es la exclusión de la administración financiera del Estado (DL 1.263) de los gobiernos regionales para crear un estatuto propio. Este marco legal ha regulado a todas las instituciones y servicios del Estado desde 1975. Nuestro país ha logrado un reconocimiento mundial en cuanto a su capacidad de administración y control de los recursos públicos, donde este marco regulatorio ha jugado un rol importante dentro de la institucionalidad de las finanzas públicas. Si bien el proyecto reconoce que ámbitos de información financiera, contable y presupuestaria se seguirán rigiendo por el DL 1.263, la separación de los Gores presenta dudas y riesgos.

No es evidente que se requiera crear un nuevo marco de administración financiera para lograr los objetivos de descentralización, pero, en cambio, permitir un régimen particular de administración pública podría incrementar innecesariamente las presiones políticas por modificaciones ad hoc, que son propias de la dinámica del proceso de descentralización, como advierte el FMI. Un riesgo innecesario que el Congreso debería ponderar durante la discusión.

Sería interesante para el debate conocer la evaluación del gobierno respecto de la capacidad administrativa de los Gores de asumir esta larga lista de competencias financieras al unísono, en particular lo relativo a la capacidad de endeudarse. Las buenas prácticas internacionales de administración financiera del Estado advierten los riesgos que conlleva la implementación de una reforma de descentralización financiera si es que de por medio hay una evaluación laxa de las verdaderas capacidades de los gobiernos subnacionales de hacerse cargo de forma efectiva de estas nuevas responsabilidades. Son conocidos ya los importantes problemas de ejecución de inversiones y sus dispares capacidades instaladas que tienen los Gores a lo largo del país.

Por otra parte, si bien la autorización de endeudamiento de las regiones materializa un largo anhelo político de voces regionalistas, la misma fórmula planteada por el Ministerio de Hacienda, excesivamente controladora para los estándares de descentralización, es quizás la prueba más evidente de las dudas que levanta su conveniencia; asimismo, es difícil imaginar que se concrete una evaluación de riesgo regional adecuada -otro requisito para el endeudamiento- sin al menos tres o cuatro años de historia financiera.

El diseño e implementación de reformas complejas como la descentralización financiera requiere no solo de macizos análisis técnicos, sino también la ponderación de una serie de variables políticas. Cualquiera de estas dimensiones que falle puede implicar su fracaso, y con ello atentar contra los propósitos de la descentralización misma.

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