Ley Karin 2.0
SEÑOR DIRECTOR:
Sin duda, la entrada en vigencia de la “Ley Karin” ha marcado un hito en el ámbito laboral durante el año 2024. Es fundamental destacar que cualquier iniciativa orientada a garantizar un ambiente de trabajo libre de acoso y violencia constituye un avance significativo. La implementación de un procedimiento expedito, sin barreras de admisibilidad, reglado, confidencial y que resguarda a la persona denunciante, representa un paso firme hacia la protección de los derechos laborales y la dignidad de los trabajadores.
Sin embargo, este avance también genera inquietudes respecto a posibles abusos del sistema mediante denuncias falsas o malintencionadas, cuyo objetivo no sea la búsqueda de justicia sino perjudicar a terceros. En la actualidad, los mecanismos para enfrentar estas situaciones, como la configuración de delitos de injurias o calumnias, requieren la interposición de querellas y la tramitación de procesos judiciales extensos, lo que no ofrece una solución ágil ni eficiente.
Es imperativo que en el corto plazo se desarrollen herramientas específicas en el ámbito laboral que permitan abordar y sancionar de manera eficaz el mal uso de las denuncias. De este modo, se fortalecerá la legitimidad del sistema, sin dar cabida a actos que desvirtúen el espíritu de la ley.
César Ravinet Muñoz
Abogado
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.