Ministerio de Seguridad

Ministerio Seguridad
Ministerio de Seguridad.


SEÑOR DIRECTOR:

El director ejecutivo de Fundación Paz Ciudadana, en carta publicada el sábado, dice: “Chile está avanzando en la implementación de cambios institucionales significativos, como la creación del nuevo Ministerio de Seguridad”.

Al respecto, cabría comentar que el ministro del Interior y Seguridad Pública es el más importante del gabinete y pasa a ser tratado como vicepresidente cuando el Presidente de la República se ausenta del país, porque es el encargado de la función esencial del Estado: la conservación de la seguridad y el orden públicos.

Según lo establece la ley 20.502, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública es “el colaborador directo e inmediato del Presidente de la República en asuntos relativos al orden público y la seguridad pública interior, para cuyos efectos concentrará la decisión política en estas materias, y coordinará, evaluará y controlará la ejecución de planes y programas que desarrollen los demás ministerios y servicios públicos en materia de prevención y control de la delincuencia, rehabilitación de infractores de ley y su reinserción social. Asimismo, le corresponderá la gestión de los asuntos y procesos administrativos que las fuerzas de orden y seguridad pública requieran para el cumplimiento de sus funciones”.

No aprecio ni la necesidad ni la utilidad ni la conveniencia de crear un enésimo ministerio, “de Seguridad Pública”, que desnaturalizaría la importancia y las funciones del ministro del Interior.

Adolfo Paul Latorre