Nuevos criterios de Contraloría sobre empleo público
SEÑOR DIRECTOR:
En relación con el nuevo criterio de la Contralora Dorothy Pérez, versus el concepto de “Confianza Legítima” legitimado por el excontralor Jorge Bermúdez, comento lo siguiente:
Fui funcionaria pública en el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género desde noviembre de 2018, tras ingresar por concurso público en calidad jurídica contrata escalafón profesional. Período en que mis contratas fueron renovadas de manera continua. Sin embargo, en septiembre de 2023 fui notificada del término anticipado de mi contrato, justo en medio del proceso de calificaciones, a pesar de estar siempre en lista 1.
Apelé a la Contraloría, que, un año después de mi despido, emitió la Resolución Exenta 4396/2024, señalando que “no reúne los cinco años de continuidad que exige la jurisprudencia judicial para reconocer su confianza legítima”.
Esto plantea varias interrogantes:
-¿El nuevo criterio de la Contralora ya se aplica desde 2023?
- ¿Es legítimo despedir a una funcionaria calificada siempre en lista 1 durante un proceso de calificación? Afortunadamente, contamos con la Ley Karin.
- La frase “mientras sean necesarios sus servicios” puede resultar ambigua y ser usada para encubrir persecuciones.
- Los funcionarios deberíamos ser los primeros en conocer estos nuevos criterios, para presentar apelaciones en las instancias correctas.
- En el Ministerio de la Mujer se desvincula a una profesional cuidadora y madre de una menor. ¿El enfoque de género o criterio feminista solo se aplica a ciertas profesionales?
- La frase “el peor empleador es el Estado”, aquí se estaría aplicando con propiedad.
-¿Existe un real compromiso con la mejora del Estatuto Administrativo?
- Para una funcionaria que no pertenece a la CUT-ANEF, ¿quién la defiende?
Karen Madrid Nilo