¿Qué proponen en descentralización los y las convencionales electos?

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11/01/2021 FOTOGRAFIAS TEMATICAS A INSTALACIONES DEL PALACIO PEREIRA QUE FUNCIONARA COMO SEDE DE TRABAJO DE LA CONVENCION CONSTITUCIONAL Mario Tellez / La Tercera VISTAS GENERALES - PARCIALES - EXTERIOR - INTERIOR - FACHADA - FRONTIS - RESTAURACION - SALONES - PATRIMONIO - EDIFICIO PATRIMONIAL - REMODELACION - RESTAURACION

Por un lado, están quienes enarbolan las banderas de la descentralización sin precisar muy bien que se entiende en la práctica por ella, es decir, como un afán declarativo. Mientras que por el otro lado están quienes buscan consagrar medidas descentralizadoras en sus tres tipos, con un enfoque integral pero también más específico.



Uno de los temas esenciales en la nueva constitución será la forma de gobierno y distribución territorial del poder, lo que usualmente en Chile se conoce como descentralización. El poder debidamente distribuido no es azaroso, cumple roles de contrapeso y defensa de intereses distintos a los centrales o territorialmente hegemónicos. Por ejemplo, durante el denominado estallido social, los alcaldes se destacaron por asumir un rol protagónico para buscar salidas democráticas a la crisis. Posteriormente y durante la Pandemia demostraron actitudes similares haciendo frente a decisiones centralistas y sin enfoque territorial.

El rol político, recursos y competencias de representantes territoriales, entiéndase de gobiernos regionales y municipios, son elementos constitutivos de un movimiento transformador del actual diseño institucional desde lo regional y local, que busca ser reconfigurado en la redacción de la nueva constitución política del país.

De esta forma, la descentralización se ha instalado como un tema en la agenda política de las y los convencionales electos con mucha fuerza, donde previamente las y los alcaldes han demandado más atribuciones, poder de decisión y recursos financieros para los respectivos territorios que encabezan.

De acuerdo con Tulia Falleti (2006), la descentralización es un proceso que implica distribuir el poder del Estado a nivel territorial a través de políticas públicas que transfieren responsabilidades, recursos o autoridad de los niveles más altos de gobierno a los más bajos. Desde esta perspectiva se pueden identificar tres tipos de descentralización: una política, es decir, la que apunta a un conjunto de reformas constitucionales y electorales destinadas a abrir nuevos espacios de representación subnacional. Una descentralización fiscal, la cual busca generar políticas para aumentar los ingresos o la autonomía fiscal de los gobiernos subnacionales. Y una descentralización administrativa, la que se enfoca en políticas que permitan transferir a los gobiernos subnacionales la administración y prestación de servicios sociales.

¿Que plantearon los y las constituyentes, cuáles son sus principales prioridades? De acuerdo al trabajo realizado por el Observatorio de la Nueva Constitución, referido al análisis de las propuestas en descentralización comprometidas en los programas presentados en SERVEL por las y los convencionales recientemente electos, se puede indicar lo siguiente.

Se pudo identificar 72 constituyentes que plantearon en total 101 medidas o propuestas de descentralización en las dimensiones fiscal, política y administrativa. Por ejemplo, de ese total, el 33% de las propuestas corresponden a medidas generales y declarativas a favor de la descentralización o a propuestas de descentralización de carácter administrativa. Mientras que el 17% de las propuestas apuntan a la descentralización fiscal, es decir, aumentar el gasto y recaudación subnacional de los gobiernos regionales y municipalidades. Del mismo modo, 8% de las medidas son mixtas es decir se enfocan en descentralización fiscal y administrativa.

En tanto el 29% manifiesta apoyar medidas de descentralización fiscal y/o política, es decir, apuntan a fortalecer el rol de autoridades electas y fortalecer su rol con mayor capacidad de gasto y recaudación fiscal. Finalmente, sólo un 14% se inclina por medidas más integrales apuntando a fortalecer la descentralización política, fiscal y administrativa.

Ad portas de iniciar el trabajo de la Convención Constitucional, se puede deducir que los datos que se pueden extraer de las propuestas sobre descentralización permiten observar que, al menos teóricamente, hay todavía una distancia entre las posturas más mayoritarias. Por un lado, están quienes enarbolan las banderas de la descentralización sin precisar muy bien que se entiende en la práctica por ella, es decir, como un afán declarativo. Mientras que por el otro lado están quienes buscan consagrar medidas descentralizadoras en sus tres tipos, con un enfoque integral pero también más específico.

Los diálogos y el necesario debate que debe producirse durante la convención constitucional sobre esta materia, terminará por decantar, lo que finalmente se adopte como principio orientador en materia de distribución territorial del poder político o descentralización. Ante esto, es esperable que los argumentos y medidas consagradas en la nueva Constitución, terminen respondiendo al fortalecimiento del nivel subnacional, regiones y municipios, autonomía o solo distribución del poder a órganos previamente existentes, pero siempre considerando para ello una descentralización robusta y con las capacidades institucionales necesarias para no defraudar el postergado desarrollo regional y local.

*Esta columna fue escrita por Claudio Fuentes G, Académico UACh y Egon Montecinos M. Académico UACh. Ambos son parte del Observatorio Nueva Constitución.

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