En 1973 el Tribunal Supremo de Estados Unidos falló a favor de Norma McCorvey –más conocida por su seudónimo Jane Roe–, quien presentó una demanda en contra del estado de Texas por no permitirle interrumpir un embarazo que había sido, según sostenía, producto de una violación. El caso se convirtió en uno de los más emblemáticos en el desarrollo de la historia del aborto, planteando una interrogante hasta entonces relegada: ¿por qué la decisión de abortar tenía que ser de interés público? ¿Por qué no podía permanecer como una decisión confidencial entre médico y paciente?
La resolución determinó que la mujer, amparada en el derecho a la privacidad –establecido en la decimocuarta enmienda de la Constitución–, podía elegir si continuaba o no su embarazo sin que el Estado se involucrara en la decisión. Y fue por ese veredicto que todas las leyes federales y estatales en materia de aborto fueron reformuladas. Porque ninguna había considerado, hasta entonces, que debía predominar el derecho a la privacidad.
Esta decisión histórica, que no estuvo exenta de polémica tanto por parte de los sectores conservadores y provida, como por parte de algunas feministas que expresaron que el fallo era insuficiente en tanto no consideraba los derechos sexuales y reproductivos de la mujer, se tradujo en la despenalización del aborto en los 50 estados norteamericanos. Y fue la responsable de poner al centro de la discusión problemáticas que hasta entonces no habían sido visibilizadas y mucho menos sujetas a cuestionamiento tales como quiénes tenían derecho a decidir si el aborto era legal o no y qué tanta incidencia podían tener los grupos religiosos.
Se trató, como advierte la investigadora y activista feminista de la Red de Politólogas, Fernanda Marín, de un fallo que solo determinó la no interferencia, pero no consideró el reconocimiento de la autonomía de la mujer ni su derecho a elegir por sobre su propio cuerpo y proyecto de vida. “Fue un hito en la historia de los derechos sexuales y reproductivos porque despenalizó el aborto en todo el país, pero presupuso la noción de la privacidad por sobre los derechos de la mujer. No garantizó el aborto seguro y no aseguró ni materialmente ni en la ley el acceso a este derecho. No se puede, entonces, hablar de libertad. Porque legislar por el mero hecho de la privacidad es insuficiente”, explica.
Es tal vez por eso -ad portas de las elecciones presidenciales en Estados Unidos y a casi un mes de la muerte de la magistrada de la Corte Suprema e icono feminista, Ruth Bader Ginsburg y, en consecuencia, del nombramiento por parte de Donald Trump de su sucesora, la conservadora Amy Coney Barrett-, que esta resolución se ve mayormente amenazada.
Así lo postula la encuesta realizada recientemente por The New York Times y Siena College, en la que se reveló que un 62% veía posible que el nombramiento de una jueza conservadora revocara el veredicto de Roe v. Wade (como se conoce coloquialmente al caso). También se develó que de anular este derecho constitucional, pocos apoyarían al actual presidente en las próximas presidenciales.
Como explica la psicóloga, académica de la Universidad de Chile y especialista en temas de sexualidad en contexto de transformación, Irma Palma, la sociedad estadounidense ha sido central para la mantención del estatuto legal del aborto. “Con esa encuesta se da cuenta de que son conscientes de que el derecho al aborto está actualmente en riesgo, pero eso se traduciría en un menor apoyo a Trump”, señala. “Sin embargo, la discusión en Estados Unidos va por otro lado; el reconocimiento del derecho está basado en la privacidad, contrario a la argumentación a favor de la legalización del aborto en el resto del mundo, que está ubicada fundamentalmente en la noción de derechos sexuales y reproductivos de la mujer que apuntan al reconocimiento de su autonomía y libertad”.
Según los especialistas, que la anulación de este derecho constitucional sea una posibilidad en Estados Unidos, solamente da cuenta de que existe un movimiento a nivel mundial que se resiste fuertemente –y a ratos de manera más explícita– al feminismo y a la igualdad de género. Para ellos, como explica la abogada, socióloga y co coordinadora de la Comisión de Derechos Sexuales y Reproductivos de ABOFEM, Lieta Vivaldi, es de suma relevancia que la familia siga siendo el pilar fundamental de la sociedad y cualquier posibilidad que atente en contra de eso pasa a ser una remoción al estatus quo. “Si existiera este tipo de retroceso en Estados Unidos, más que tener repercusiones directas en Chile, daría cuenta de la influencia que tienen los grupos que están en contra de los derechos de la mujer y que, de estar organizados, podrían lograr cosas similares en Latinoamérica”. Pero, ¿en qué va la discusión del aborto en Chile?
El escenario local es el siguiente: en septiembre se cumplieron tres años de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), que regula la despenalización de la interrupción del embarazo en tres causales: peligro para la vida de la mujer, inviabilidad del feto y embarazo por violación. A pocas semanas del Plebiscito que determinará la existencia de una nueva Constitución y la posibilidad de que haya paridad de género en el órgano redactor, la discusión para los grupos feministas tiene tres ejes principales: la correcta implementación de la Ley; la despenalización social; y la posibilidad de incorporar una perspectiva de género transversal en la nueva Constitución.
¿En qué está la discusión respecto al aborto en Chile?
En primer lugar, el movimiento feminista se ha enfocado en que la ley se implemente en su totalidad porque, como explica Vivaldi, desde su promulgación ha sido defectuosa por falta de información, por la objeción de conciencia -de acuerdo al artículo 119 del Código Sanitario, pueden manifestar objeción de conciencia tanto el médico cirujano como el resto del personal requerido para desarrollar las funciones al interior del pabellón quirúrgico durante la intervención- y la falta de capacitación al personal de salud.
Según las cifras del Ministerio de Salud entregadas recientemente a través de la Ley de Transparencia, el primer semestre de este año, 228 mujeres tuvieron un aborto, de un total de 273 gestaciones registradas enmarcadas en alguna de las tres categorías. Esta cifra revela una caída en un 35% con respecto al primer semestre del año pasado –en el que se realizaron 350 intervenciones durante el mismo periodo de tiempo–, lo que a su vez daría cuenta, según las especialistas, de una falta de políticas focalizadas. “Esta ley que se presentó en el 2015, durante el gobierno de Michelle Bachelet, fue implementada en un gobierno de derecha contrario a la legalización del aborto. Eso ha implicado que no se difunda la información, que la objeción de conciencia por parte del personal médico sea un obstáculo y limitante, y que no exista un presupuesto que garantice la mantención y aplicación total de la ley”, explica Lieta Vivaldi.
Por su lado, Fernanda Marín agrega que durante los meses de la pandemia ha sido mucho más difícil acceder a la información necesaria para saber en qué consisten las tres causales y cuáles son los procedimientos a seguir. “La ruta crítica a la que se someten los cuerpos gestantes que deciden abortar parte con la falta de acceso a información y la escasez de centros asistenciales, sean públicos o privados. Si eso ya era difícil en tiempos previos a la pandemia, ahora lo ha sido más aun”, explica. Y es que según Marín, el problema radica principalmente en el desconocimiento de los protocolos y el hecho de que no existe información clara respecto a las tres causales y al aborto en general. “Por ende, termina siendo un tema de clases, porque son las mujeres pobres quienes se ven más afectadas. No es fácil para una persona que no dispone de conexión a internet ponerse a buscar información. El proceso no es amigable de entrada”, explica.
Hacerle seguimiento al cumplimiento de la ley, por ende, es fundamental. Desde la Mesa de Acción por el Aborto en Chile, la coordinadora Gloria Maira explica que adquiere mayor relevancia cuando la institucionalidad ha penalizado históricamente el aborto. “Cambiar el imaginario de los profesionales de la salud es clave. Es difícil sacarse el crimen de la cabeza, pero la idea es más bien tratar de instalar a nivel social y cultural el reconocimiento de la autonomía de los cuerpos gestantes para definir su vida y una gestación deseada o no”, explica.
Es justamente esto lo que caracteriza al segundo eje de la discusión: la despenalización a nivel social. Las especialistas concuerdan que el estigma social que conlleva el aborto sigue pesando mucho. “Tenemos que hablar más de aborto. Y al que le moleste la palabra, está negando de raíz un hito reproductivo en la vida de las mujeres”, dice Fernanda Marín. “El aborto se ha transformado en un fenómeno moral y social además de médico, pero en definitiva se trata del cuerpo de la mujer y su derecho a poder elegir. Al final, ante el desconocimiento empezamos a creer lo que nos dicen. Por eso es clave que se hable en los colegios y en todo nivel. Para que se vaya rompiendo el estigma y se entienda que se trata de un derecho humano y de acceso a la salud. Las restricciones solo aumentan el miedo y se termina abortando en condiciones clandestinas”.
Porque, como explica Lieta Vivaldi, prohibir el aborto no impide que sigan existiendo. Más bien impide que existan los abortos seguros, lo que expone a las mujeres a una serie de riesgos para su salud y a la posibilidad de ser perseguidas por el sistema judicial.
En el 2015, Fernanda Marín realizó la investigación Aborto en Chile: La (NO) discusión de derechos, en la que dio cuenta que entre 1990 y el 2015 fueron 17 los proyectos de ley relacionados al aborto que fueron presentados, de los cuales siete fueron archivados por ausencia de discusión, seis no fueron revisados durante años y solo uno fue debatido en el congreso. “Legislar en materia de aborto se enmarca en el trabajo que han realizado las entidades internacionales por establecerlo como un derecho y velar por su cumplimiento. Los derechos sexuales y reproductivos han sido definidos por la OMS con el fin de establecer líneas de acción para los Estados que adscriben a sus convenios. De ello se desprende que Chile, como parte de Naciones Unidas, efectivamente comparte que estos derechos deben ser resguardados, aunque en la práctica no sea así”, postula Marín en su investigación.
Y es que su tesis parte de la base que los obstáculos ideológicos de la elite política han impedido el desarrollo de un debate desde el enfoque de los derechos humanos. “El capital en el cual se sostiene el discurso de los parlamentarios, que se caracteriza por ser no laico y orientado fuertemente a proteger la institución de la familia, ha dificultado por años el desarrollo integral del debate”, explica. “A través de este silencio se busca mantener una estructura patriarcal y un sistema de mercado”.
En vías de una nueva Constitución con perspectiva de género
Como explica Gloria Maira, la razón por la que el aborto es crucial dentro de la lucha feminista tiene que ver con que su prohibición es la expresión máxima de la sujeción, subordinación y tutelaje de la vida de las mujeres a través de sus cuerpos y capacidad reproductiva. “Ese es un núcleo duro de la dominación, que ha tenido distintas expresiones a lo largo de los siglos. Por lo tanto, el reconocimiento del derecho al aborto habla del reconocimiento de las mujeres en tanto personas que pueden decidir sobre su vida”.
Hace unas semanas, 12 abogadas, sociólogas y especialistas en género desarrollaron el documento Nueva Constitución con Perspectiva de Género, en el que proponen cómo se debiese gestar una Constitución que vele por y resguarda la igualdad de derechos. Con respecto al aborto en particular, las académicas –pertenecientes a distintas agrupaciones y movimientos feministas– plantearon que las mujeres se enfrentan a limitaciones para acceder en condiciones legales a servicios de salud sexual y reproductiva, lo que constituye una forma de discriminación.
“También se ven afectadas en su privacidad con relación a sus funciones reproductivas, por ejemplo, cuando el Estado impone a los médicos y a otros funcionarios de salud la obligación de denunciar los casos de mujeres que se someten a abortos. Para atender estas situaciones, los derechos sexuales y reproductivos se configuran como la obligación del Estado de no interferir en la vida privada de las mujeres; y como la obligación del Estado de habilitar las condiciones para que las mujeres puedan tomar de forma autónoma y con información completa y veraz decisiones sobre su salud y sexualidad. Estos derechos deben reconocerse en el futuro texto constitucional como un derecho indivisible e interdependiente respecto de otros derechos, ligado a la integridad física y mental de las personas y su autonomía, a los derechos a la vida, a la libertad y la seguridad, entre otros”, postulan en el documento.
Es eso, justamente, lo que define el tercer eje de la discusión actual respecto al aborto: la participación del Estado en tanto garante de un derecho, pero no para interferir en la vida privada de la mujer. Y de qué manera esto se puede reflejar en una posible nueva Constitución.
Como explica Vivaldi, los grupos subordinados no fueron considerados en la Constitución actual como sí lo fue el hombre blanco, heterosexual, sano e independiente. “La Constitución tiene que ser transversalmente feminista porque con un solo artículo no se logra nada. Esto tiene que ver con el derecho a la educación y la salud, y con la concepción de la democracia y la justicia social”.