La dura batalla legal de las mujeres por el 10% de las pensiones alimenticias: “Uno está sola en este proceso”

Pensiones alimenticias Paula

El primer retiro del 10% de los fondos de las AFP generó una verdadera avalancha en los Tribunales de Familia: miles de mujeres solicitaron retenciones judiciales para concretar el pago de las pensiones alimenticias adeudadas por los padres de sus hijos. El trámite visibilizó un problema latente que tiene, en sus causas, la burocracia del sistema judicial y aún más importante: la falta de corresponsabilidad en las tareas parentales.




Parece que de aquello ha pasado tiempo, pero cuando se estableció el primer retiro del 10% de los fondos previsionales, los denominados “papitos corazón” aparecieron como nunca antes lo habían hecho. Prueba de ello fueron los mensajes por WhatsApp que rápidamente se empezaron a difundir por redes sociales. Los más esperanzadores incluían un perdón. Pero la gran mayoría eran excusas y, simplemente, la audacia para pedir que no se utilizara el dinero ahorrado en las AFP para la pensión de alimentos.

Ximena González (36) también recibió uno de esos mensajes. Hace dos años que está separada del padre de su hijo y cuenta que, solo en una ocasión, él se ha hecho cargo de la pensión de alimentos. Por eso, cuando se enteró de la posibilidad de retener el 10% de sus fondos previsionales para saldar esa deuda, no lo pensó dos veces e hizo la solicitud. Han pasado 4 meses y hasta la fecha aún no ha tenido respuesta. “El proceso ha sido lento. He ido al juzgado, he averiguado y nada: uno está sola en esto. Hay días que digo no voy a hacer nada más, estoy cansada, pero después pienso que tengo que seguir luchando por lo que le corresponde a mi hijo. No lo tuve sola, entonces el papá no puede llevársela pelada, mientras yo me saco la mugre”, cuenta.

En el Juzgado de Familia de San Bernardo -donde le corresponde tramitar su causa-, Ximena se ha encontrado con decenas de mujeres en la misma situación que ella. Y es que el Poder Judicial empezó a recibir -como consecuencia del 10%- una avalancha de solicitudes para poder retener los fondos de los deudores de pensión alimenticia. De hecho, en la institución hasta la fecha han llegado más de 380 mil de esos requerimientos, una cifra que representa más de un 1.800% del ingreso regular de este tipo de causas judiciales. Por eso, los procedimientos han sido más lentos de lo habitual. “La demora tiene dos aristas: una que es el trámite judicial que, por naturaleza, es un procedimiento engorroso y que no suele aplicarse con perspectiva de derechos humanos. Y la otra es la demora en el pago de las AFP. La ley no estableció plazo para ese pago, entonces es limitante y deja un espacio más discrecional”, explica Susan Sepúlveda, jueza del 3º Juzgado de Familia de Santiago y vocera de la Asociación de Magistrados.

Así, del total de órdenes de pago (212.573), solo se ha depositado cerca del 24%. Por lo mismo, la jueza y vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, explica que en el Poder Judicial están trabajando con fuerza para poder mejorar la gestión y superar de buena manera la recarga de los Juzgados. “Estamos haciendo el máximo esfuerzo para resolver cada una de las solicitudes de retenciones y pago de deudas. Se han desarrollado herramientas informáticas de simple uso para la comunidad, se ha contratado personal de apoyo, se los ha capacitado e incluso, jueces que se desempeñan en otras materias, están apoyando la labor de los juzgados de familia”, explica. Sin embargo, la abogada puntualiza que es un proceso largo y que, como no existen sistemas de tramitación masivos, los plazos se han extendido más de lo habitual.

“No se pensó nunca este efecto del 10%. Los Tribunales asumieron una carga alta que generó la visibilización de un problema que veníamos arrastrando hace al menos 15 años”, explica la abogada y académica de la Universidad de Chile, Fabiola Lathrop. Las altas tasas de morosidad de las pensiones era un secreto a voces, aunque pocas veces visto con tanta fuerza y claridad como en estos últimos meses. Según datos del Gobierno -entregados al Senado en el boletín Nº13.330-07-, el 84% de los demandados en causas de alimentos simplemente no paga lo fijado por el Tribunal y -del universo de deudores- 9 de cada 10 son hombres. Con ello, miles de mujeres -como Ximena- por años han quedado a su suerte, asumiendo el costo total de la mantención de sus hijos con todo lo que ello implica: alimentación, cuidados, vestuario, salud, educación, y un largo etcétera. “La solución al incumplimiento de pensiones de alimentos y la cultura de no respetar los derechos de los niños, niñas y adolescentes sobrepasa con creces las funciones propias del Poder Judicial”, señala Chevesich. Entonces, ¿cómo llegamos hasta aquí? ¿Por qué los deudores no se han hecho cargo de sus obligaciones parentales?

A la luz, aparecen varias explicaciones. La primera se relaciona con la falta de corresponsabilidad que existe en el cuidado de los hijos. “A la base de esto hay un arraigo cultural súper potente. El no pago es la expresión de la división sexual del trabajo en la familia. Tradicionalmente, se asume que son las mujeres las que se encargan de las labores domésticas y del cuidado de los niños. Por lo tanto, en una separación se supone que son ellas las encargadas de su manteción”, analiza Fabiola Cortez-Monroy, asistente social y académica de la Universidad Católica. Bajo la idea de ese paradigma, muchos hombres se han desligado del tema económico, un hecho que también dice mucho acerca de las relaciones padre-hijo/a que mantienen los chilenos. “Las relaciones se tienden a fracturar cuando un padre no paga, porque la retribución económica es signo de responsabilidad parental. Y esa también es medida por los niños como un signo de afecto”, explica Cortez-Monroy.

A eso hay que agregarle otro factor: muchos asumen que el dinero no es para sus hijos, sino para sus ex parejas. Así, ven la morosidad como una forma de castigo para la mujer y no como un derecho de los niños/as. “Cuando las parejas se separan, se cree que la pensión es para la mamá, pero en realidad los alimentos son para los niños. Obviamente la mujer sale perjudicada cuando el padre no paga porque, además de cuidar, tiene que desembolsar los gastos de él. Pero, en primer lugar, están los hijos”, expone la abogada Fabiola Lathrop. Así le ha pasado también a Ximena González. “Ahora el papá de mi hijo me pide que agilice el 10% para que no lo moleste más, entonces le digo: es tu hijo, por qué tengo que apurar algo yo. Cree que es un castigo para uno, pero en realidad es un castigo para mi hijo porque la plata le corresponde a él”, cuenta.

Así también lo dicen las leyes y los tratados internacionales. Uno de los más importantes es la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Chile en 1990. Ahí se señala que los padres -o tutores legales- tienen la responsabilidad de entregar condiciones necesarias para el desarrollo de sus hijos y se indica que los Estados deben a tomar medidas oportunas para asegurar el pago de las pensiones alimenticias. Sin embargo, las sanciones implementadas por la legislación chilena no han dado abasto para que los padres proporcionen -sin excusas y de manera constante- los insumos de sus hijos.

En la actualidad, para los deudores está establecida la suspensión de la licencia de conducir, el embargo de bienes, el arraigo nacional o el arresto nocturno (entre otros). Medidas punitivas que, según la jueza de Familia, Susan Sepúlveda, no tienen mayor impacto en el cumplimiento de la deuda. “No producen efecto de retribución económica, se toman con liviandad. O sea, la posibilidad de que te arresten es mínima y en la práctica no trae como consecuencia necesaria el pago de la pensión”. Así también lo indican los datos del Poder Judicial: aunque para el 85% de los deudores se han emitido órdenes de arresto, el cumplimiento solo se ha ejecutado con 300 demandados. En esa línea, la Ley Nº 14.908 -que regula la materia- establece la posibilidad de retención de sueldo por parte del empleador para que se deposite el dinero de la pensión adeudada. Sin embargo, para eludir el pago, algunos trabajadores deciden boletear o utilizar mecanismos para que sus trabajos no aparezcan en el sistema y así no se les pueda cobrar la plata.

Esas artimañas de elusión también se han utilizado en esta tanda de retiro del 10%. Así, miles padres deudores se negaron a sacar sus fondos para evitar que las madres de sus hijos pidieran la retención de ese dinero. Para mitigar esta problemática, se estableció el “retiro forzoso” en la discusión parlamentaria del segundo 10%. Con eso, a partir de esta semana, las mujeres podrán exigir directamente el dinero, sin que el deudor tenga que hacer la solicitud. Pero aquello,está lejos de ser la respuesta definitiva al problema. “Sirven todas las medidas que permitan el cumplimiento de una obligación tan básica de niños, niñas y adolescentes. Pero en tiempos de pandemia y de una grave crisis económica, quizás se requiere una normativa más específica y un apoyo logístico diferente para responder de manera efectiva a la urgencia”, indica Chevesich. “Esta es una solución que se dio ahora por la contingencia, pero estamos frente a un problema sistémico. Lo que necesitamos es buscar e imaginar soluciones a largo plazo”, señala Cortez-Monroy.

A nivel internacional, hay algunos ejemplos que vale la pena mirar. Por ejemplo, en España (2008) y en Francia (2014), se han creado fondos estatales para garantizar el cumplimiento del pago de la pensión de alimentos. De esa manera, cuando los padres no hacen efectivo el pago, es el Estado quien asume la misión de entregar la pensión, a la vez que se persigue al deudor para que cumpla con su responsabilidad. Una medida que no solo permite desprivatizar el asunto, sino también le quita el peso a las mujeres que se encuentran actualmente en verdaderas batallas judiciales. “Con esto, se cubre el ámbito de la infancia, porque se entregaría una pensión de subsistencia mínima y además se cumpliría con la perspectiva de género porque elimina la idea que la mujer tiene que hacerse cargo del cobro. Cobrar es una carga injusta y existe porque está así por Ley. Con esto, el Estado podría responder para que haya igualdad efectiva”, dice la jueza Susan Sepúlveda.

Otra de las medidas que podrían reforzar el pago sería la creación de un registro nacional de deudores alimentarios, medida que ya existe en Argentina y en Perú. A principios de año, el Gobierno presentó un proyecto de ley sobre la materia, cuyo objetivo era incorporar a los padres morosos de forma provisoria o definitiva en el Boletín de Informaciones Comerciales -más conocido como DICOM- administrado por la Cámara de Comercio. Sin embargo, la iniciativa no prosperó y aún se encuentra en tramitación en el Senado.

Por el momento, a Ximena González solo le queda esperar. La totalidad de los pagos del primer retiro podría tardar meses más. Eso, sin considerar la tramitación del segundo 10%. A pesar de eso, ella no baja los brazos. Sabe que, en algún minuto, ese dinero va a llegar y que, por fin, su hijo va a recuperar la pensión que tanto esperó.

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