Consulta comunal vinculante en proyectos con impacto ambiental pasa al pleno de la Convención, pero es cuestionada por expertos

Convención Constitucional. Foto: Alejandra González Guillén 19 de Enero 2022

Entre los reparos figura la dificultad para que se aprueben proyectos de utilidad pública, como por ejemplo rellenos sanitarios o líneas de transmisión, así como los riesgos de que se manipule a comunidades de cara a la consulta.


En una “consulta comunal vinculante, universal, libre, secreta e informada” se definiría la “autorización de actividades económicas o productivas” que tengan diversos impactos en localidades con comunidades asentadas. Esto, según lo aprobado en particular este miércoles por la Comisión de Medio Ambiente y Modelo Económico y que es seguido de cerca por expertos en la materia.

La normativa, que fue despachada para su deliberación en el pleno de la Convención Constitucional, junto con asuntos como la imprescriptibilidad de los delitos ambientales, que se aprobó en la misma sesión, establece el “derecho de consulta comunal en materia ambiental”.

Lo anterior, para todas aquellas actividades que impliquen “riesgo para la salud de la población; efectos adversos sobre la Naturaleza; reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos; localización en o próxima a asentamientos humanos y áreas que ostenten cualquier tipo de interés o figura de protección; alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona y otros que determine la Ley”.

La legislación también “determinará la forma en que debe realizarse dicha consulta, ya sea que esta afecte a una o más comunas”, según lo que se aprobó en función de un acuerdo de 15 convencionales de colectivos de centro izquierda e izquierda de la comisión en cuestión. Los tres representantes de Vamos por Chile rechazaron.

Cabe destacar, que en la sesión se aprobaron otros artículos que buscan reforzar la participación ciudadana en la definición de estas materias. Por ejemplo, en el número 93 “se reconoce el derecho de participación vinculante e incidente en la toma de decisiones ambientales”.

En tanto, en el artículo 94 se ahonda en el “consentimiento de los pueblos indígenas”, consignándose que “los pueblos y naciones preexistentes, en ejercicio de los derechos de consulta y consentimiento libre, previo e informado, tienen la facultad de aceptar o rechazar los proyectos públicos o privados que tengan un impacto en sus territorios y en los bienes comunes naturales, según lo determine la legislación. En caso de proyectos fraccionados, estos deberán ser evaluados conjuntamente”.

Evaluación de expertos

“La nueva Constitución es una oportunidad para avanzar en materia de participación ciudadana entendiendo que esta es necesaria para profundizar la democracia”, plantea Victoria Belemmi, coordinadora del área de Estudios de la ONG FIMA que se dedica al derecho medioambiental, quien considera que esto iría en línea con el principio 10 de la Declaración de Rio de 1992 y el Acuerdo de Escazú.

Victoria Belemmi, coordinadora del área de Estudios de ONG FIMA.

En ese contexto, señala que “los esfuerzos de los convencionales de incluir la participación ciudadana en la evaluación de proyectos busca hacerse cargo de las enormes deficiencias que existen actualmente en la materia. Hoy las comunidades no se encuentran contempladas y ni siquiera las municipalidades tienen derecho a voto al momento de decidir sobre los proyectos”.

En esto coincide Fernando Molina, socio de Grupo Evans y experto en derecho medioambiental, quien indica que actualmente el derecho a la participación se expresa en “el derecho a informarse, presentar observaciones y reclamar, incluso judicialmente, proyectos sometidos a evaluación ambiental, y lo mismo en los procesos de dictación de normas ambientales, como emisión, calidad y planes de descontaminación, entre otros”. Así, considera que estos mecanismos “ciertamente deben ser ampliados y fortalecidos. Hay mucho por mejorar en ese sentido”.

Fernando Molina, socio de Grupo Evans.

Pero dicho esto, para Molina el avance de consultas comunales para autorizar proyectos no es la forma de fortalecer la participación ciudadana en materia medioambiental y alerta que sería “grave” que quedara consignado así en la nueva Constitución.

“Permitiría que la comunidad pueda rechazar proyectos, incluso de utilidad pública, que son necesarios para el desarrollo de una ciudad o el país. Pensemos en un relleno sanitario, líneas de transmisión eléctricas o caminos públicos que dependerán de lo que las comunidades decidan resolver. Esto corresponde a un estándar que no se exige en ninguno de los tratados internacionales que regulan la materia, como el Acuerdo de Escazú y el Convenio 169 de la OIT. De aprobarse, corresponde a una materia que afectará seriamente la toma de decisiones y el desarrollo de inversiones en nuestro país”, advierte Molina.

Belemmi también hace sus reparos, aunque con una perspectiva diferente. Desde su punto de vista, “en las propuestas se deben considerar mecanismos para eliminar los riesgos de que los territorios puedan ser manipulados a favor de los proyectos de inversión y que las empresas puedan, a través de incentivos monetarios, lograr que un territorio vote a favor de proyectos contrarios al medioambiente”.

Asimismo, la experta plantea que “se debe reforzar que la toma de decisiones ambientales considere también la prevención, precaución y no regresión de la mano de la ciencia”.

Compartiendo el diagnóstico respecto a la situación actual, Matías Asún, director nacional de Greenpeace, señala que “lo relevante es que haya mayor participación, equitativa y justa por parte de las comunidades en los procesos de evaluación ambiental. Ojala participación temprana, accesible, justa, en igualdad de condiciones como actores relevantes en el territorio”.

En ese sentido, Asún no presenta reparos respecto a las consultas comunales, pues considera que “van a terminar siendo un factor para detener proyectos, cuando estos no hayan establecido un diálogo equitativo y justo”.

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