¿Compliance constitucional?

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"Una Constitución podría mandatar que sus instituciones y ciudadanos deben conducirse bajo los principios de la integridad y la ética. Sería vanguardista elevar esta preocupación a un rango del tipo constitucional más allá de la moda por la que atravesamos como país, porque éste es un debate realmente serio".



Está de moda querer llevar cada asunto de interés público a rango constitucional. Últimamente, cada grupo considera que “su tema” debe ser abordado por la Convención Constitucional para incluirlo en la nueva carta magna.

Es innegable y altamente probable que la nueva constitución toque e introduzca cambios a la actual estructura normativa del país, no sólo por la forma en que quedó constituida políticamente la convención, sino por las tendencias temáticas y valóricas que se han ido instalando por la opinión pública local y también a nivel global. El cambio climático, equidad, género, la menor tolerancia a los abusos, los derechos de la naturaleza y otras áreas antes insospechadas hoy tienen más espacios para entrar a la Constitución y de ahí, a las leyes.

¿Podría el compliance ser una de esas áreas? Una mayor valoración del principio de accountability, la intolerancia a la corrupción, medidas más severas para organizaciones y empresas en materia de integridad o sanciones más duras cuando se utilice la persona jurídica para el fraude, perfectamente podrían entenderse como materia de bien común que pueden quedar cristalizadas en el espíritu de leyes que conformen una estructura nacional de integridad para el mundo público y el mundo privado.

Una Constitución podría mandatar que sus instituciones y ciudadanos deben conducirse bajo los principios de la integridad y la ética. Sería vanguardista elevar esta preocupación a un rango del tipo constitucional más allá de la moda por la que atravesamos como país, porque éste es un debate realmente serio.

Cuando un marco legal -desde la constitución hacia abajo- envía la señal de que delitos como la colusión de mercado, el cohecho, el soborno, el lavado de activos o el uso de información privilegiada no son tan graves y no merecen penas altas entonces se comienza a minar la fe en la igualdad ante la ley. Cuando las más altas leyes de un país son laxas y tolerantes contra los atentados a la ética, lo que se pone en riesgo es la democracia.

La fortaleza del sistema democrático depende de la legitimidad de sus políticos, empresas, instituciones y sociedad civil. Y en tal sentido, es bueno exigir que nuestro “rayado de cancha” refleje una dimensión de la integridad y la ética -en su concepción y origen- de modo de ofrecer a la ciudadanía orientaciones generales acerca de aquellas conductas que atentan contra el bien común. Hoy, no sólo estamos definiendo nuestra futura Constitución, sino que también cuál será el estándar ético del país en momentos en que la demanda por transparencia e integridad no tiene punto de retorno.

El compliance es un marco de comportamiento social que debemos promover y así como se les pide a las empresas este “tono desde lo alto”, podría darse la paradoja de que a nivel nacional lleguemos a tener “letra muerta” si no se impulsan los cambios culturales necesarios en toda la sociedad para cubrirnos de las herramientas legales que hagan que, desde lo más alto, el top of mind, la ética, la integridad y el cumplimiento sea la norma que rija para todos.

La autora es Socia y Presidenta de ETICOLABORA