La cuenta regresiva de Francisco Coeymans para su extradición desde Perú

La cuenta regresiva de Francisco Coeymans para su extradición desde Perú

El ex gerente general de Primus lleva casi seis meses en ese país y está detenido en la cárcel de Pucallpa, Perú, desde el 12 de abril. El 2 de septiembre de 2024, un tribunal peruano dio luz verde para su extradición a Chile, donde será procesado por su presunta implicación en operaciones financieras fraudulentas.


Desde el viernes 12 de abril Francisco Coeymans permanece detenido en la cárcel de Pucallpa, Perú, acusado en Chile de presuntos delitos como asociación ilícita, administración desleal, uso malicioso de instrumentos mercantiles falsos, alteración de datos informáticos, acceso ilícito a sistemas informáticos y lavado de activos. A ese país, el ex gerente general del factoring Primus llegó el 26 de marzo de este año. Ya lleva casi seis meses fuera de Chile.

Su celda está ubicada en uno de los pabellones de varones del penal, donde el calor es agobiante y las condiciones sanitarias son deficientes, dicen quienes lo han visitado. Muchas personas padecen tuberculosis y en agosto los gendarmes iniciaron una huelga por mejoras salariales. Un familiar relata que Coeymans, al igual que los demás internos, debe realizar sus necesidades dentro de la misma celda.

Su familia sigue muy atenta al proceso judicial de Francisco Coeymans. En particular, su hermana Mónica y sus padres, Mónica Ossandón y Juan Eduardo Coeymans, mantienen contacto permanente con los abogados peruanos que asesoran al ex gerente general de Primus Capital. En la misma línea, la modelo y ex Miss Perú 2019, Tiffany Yoko Chong, también dialoga permanentemente con los abogados peruanos.

En este difícil escenario para el exejecutivo, acusado por el Ministerio Público de montar una “bicicleta financiera” para encubrir operaciones fraudulentas con facturas falsas y préstamos a sociedades ficticias, Pulso accedió al cuaderno de extradición abierto por la Corte de Apelaciones de Santiago para gestionar su retorno a Chile.

El 2 de septiembre de 2024, el 1° Juzgado Penal de Pucallpa emitió una resolución que inicia el proceso de extradición de Francisco Coeymans. La Fiscalía de Yarina Cocha solicitó que sea enviado a Chile para ser procesado y la Oficina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones presentó la solicitud, la que fue aprobada por el tribunal. Este es un paso clave para que el ex gerente de Primus Capital sea juzgado en Chile. La resolución oficializó el inicio de la extradición y las autoridades peruanas confirmaron que Coeymans no tiene otros antecedentes penales en el país.

El siguiente paso es que la resolución sea notificada a Chile por canales diplomáticos. Luego, el gobierno chileno deberá coordinar su entrega, lo que implica que la policía chilena viaje a Perú para llevar a cabo la extradición. El Juzgado informará a la Oficina de Cooperación Jurídica Internacional de la Fiscalía, que a su vez notificará a la Cancillería peruana y a la Embajada de Chile en Lima.

Desde que Coeymans decidió no presentarse a su formalización en Chile, tres abogados han renunciado a su defensa. El primero fue Juan Domingo Acosta, quien, junto a su equipo de juristas, se retiró del caso tras la inasistencia del ingeniero comercial de la Universidad Católica a la audiencia de formalización el 3 de abril pasado, ante el 4° Juzgado de Garantía de Santiago.

Luego, el 13 de mayo, Mario Vargas, socio de Lagos, Vargas & Silber Abogados, también renunció a la defensa, argumentando que no estaba en condiciones de representarlo, debido a su limitado conocimiento de la carpeta investigativa y del caso. En ese momento, Vargas señaló que Manuel Guerra lideraba la defensa.

Finalmente, en agosto, Manuel Guerra, ex fiscal regional Metropolitano Oriente, presentó su renuncia como abogado del ejecutivo.

Proceso

El 19 de agosto de 2024 la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago envió un oficio a través de la Secretaría Criminal al Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, informando que la legislación chilena contempla el abono de los días de privación de libertad en caso de condena, adjuntando las disposiciones legales correspondientes.

En el mismo oficio, el presidente del Tribunal de Alzada capitalino, Juan Manuel Muñoz, explicó al ministro de Relaciones Exteriores, Alberto Van Klaveren que, “en caso de una condena, el artículo 348, inciso segundo, del Código Procesal Penal de Chile, establece que la sentencia debe detallar todas las penas principales y accesorias, especificando cada una de ellas, y pronunciarse sobre la posible aplicación de penas sustitutivas a la privación o restricción de libertad previstas en la ley”.

“La sentencia que imponga una pena temporal deberá especificar claramente el día desde el cual comenzará a contarse dicha pena, considerando el tiempo de detención, prisión preventiva o privación de libertad impuesto de acuerdo con la letra A del artículo 155. Dicho tiempo deberá abonarse al cumplimiento de la condena. Para estos efectos, se descontará un día de la pena impuesta por cada día completo, o por cada fracción igual o superior a 12 horas, que el condenado haya cumplido bajo esas medidas cautelares”, añadió.

Anteriormente, el 1 de agosto de 2024, la presidenta de Perú, Dina Boluarte, y el ministro de Justicia, Eduardo Melchor, accedieron a la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega de Coeymans.

En la resolución publicada en el Diario Oficial de Perú, se dispuso que, antes de la entrega del requerido, la autoridad central deberá comprobar que este no tenga procesos penales pendientes, sentencias condenatorias o requisitorias en conocimiento de las autoridades judiciales peruanas. De lo contrario, la entrega deberá ser aplazada nuevamente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior.

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