Reforma Tributaria: mesa técnica entre Hacienda y asesores de diputados logra acuerdo en 11 de las 27 indicaciones

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Entre los temas que hubo acuerdo está la norma de tasación, denunciante anónimo, comercio informal e ilegal, finales, zona franca y beneficios DFL2, entre otros. Hoy a las 14 30 horas, la Comisión de Hacienda de la Cámara vota en general el proyecto de ley.


Hoy a las 14:30 horas, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados votará en general el proyecto de reforma tributaria y con ello dará un paso importante en el avance de su tramitación. Se espera, además, que hoy se dé a conocer el trabajo que Hacienda realizó junto a los asesores de los diputados.

En esa instancia, encabezada por la subsecretaria de Hacienda, Claudia Sanhueza, se analizaron 27 temas. De hecho, se logró acuerdo en 11 modificaciones con los expertos. En una minuta que Hacienda difundió entre los parlamentarios se detalla en cuáles hubo acuerdo y en cuáles no.

Norma de tasación, Denunciante anónimo, Comercio informal e ilegal, Zona Franca, Impuestos pagados en el exterior, Paraísos fiscales, Beneficios DFL, Gasto presunto arriendos, Paraísos fiscales, Exit Tax y Límite de carga tributaria. En todas esas materias habrá ajustes que se presentarán una vez que se apruebe en general la iniciativa y se abra el plazo de indicaciones.

Entre los principales ajustes para la norma de tasación, por ejemplo, se menciona que existe consenso en que esta norma requiere una actualización. Los principales acuerdos están orientados a establecer los casos en que la norma da neutralidad a los procesos de reorganización empresarial. Se aclara que las reorganizaciones internacionales quedan radicadas en la norma sobre precios de transferencia y que el criterio general es que las reorganizaciones, tanto nacionales como internacionales, deben tener neutralidad tributaria en la medida que cumplan los requisitos legales.

Otro de los cambios apunta al denunciante anónimo. Según se desprende de la minuta, existe acuerdo en incorporar la figura del denunciante anónimo, aunque persisten diferencias respecto al alcance de esta medida. Los principales acuerdos están en reforzar que la figura es solo respecto de delitos tributarios (no elusión ni faltas administrativas) y, respecto al procedimiento, concordar criterios que dotan de claridad a la norma, tanto para el actuar del SII como de los contribuyentes.

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Zona Franca. Se realizan ajustes a las modificaciones que requieren los regímenes preferenciales de zona franca con ocasión del sistema dual, cuyo fin es mantener los beneficios tanto en el régimen general como en el régimen Pyme.

Crédito por impuestos soportados en el exterior. Existe acuerdo que no es la mejor medida eliminar el crédito indirecto y el crédito por empresas que hubieran salido de Chile y son reingresados como un dividendo desde el exterior. Para estos efectos, se reincorpora el crédito indirecto, estableciendo la obligatoriedad del contribuyente de acreditar la trazabilidad de las operaciones y de los impuestos soportados en el exterior o que se trata de una renta que ya completó su tributación en el país. De esta forma, se mantiene un beneficio y se cautela correctamente el interés fiscal, afirma Hacienda.

Otro punto donde hubo acuerdo es en los beneficios DFL 2. En este caso, se mantiene la exención para los adultos mayores que hayan adquirido inmuebles DFL 2, manteniendo la exención por arriendo de manera focalizada. Se establece un beneficio similar al de la exención de las contribuciones paras adultos mayores cuyos ingresos, sin considerar el ingreso por arriendo, se encuentren en el tramo exento o en el primer tramo de impuestos (hasta $1.500.000 de ingresos al mes). Los ingresos por arriendo serán considerados como un ingreso no renta. De todas maneras, el monto del ingreso no renta no podrá ser superior a 1 millón de pesos y es solo por un máximo de dos viviendas por persona.

Asimismo, las personas que hayan adquirido un inmueble DFL2 durante los últimos cinco años mantendrán la exención de ingresos por arriendo (con un tope de 2 viviendas) durante cinco años desde la adquisición. Y se mantendrá la exención del impuesto a la herencia por un máximo de un inmueble DFL2 por persona (no así del impuesto a las donaciones). En caso de que la persona tenga más de un inmueble de estas características, el beneficio quedará radicado en el inmueble adquirido en primer lugar.

Otro tema en acuerdo fue el gasto presunto en arriendo. Según se explica, las personas que declaren ingresos por arriendo tendrán como beneficio un gasto presunto equivalente al 10% de los ingresos declarados por este concepto. Esta norma busca reconocer que las personas que reciben este tipo de ingresos deben realizar desembolsos por obras de mantenimiento y otras necesarias para mantener la propiedad que se está arrendando en buen estado.

Sobre el impuesto para los altos patrimonios, se eliminará el impuesto de salida para aquellos contribuyentes que pierden domicilio. Se mantiene que será requisito del contribuyente informar la pérdida de domicilio para dejar de estar afecto al impuesto.

Cláusula de límite a la carga tributaria. Siguiendo la experiencia de otras jurisdicciones, se establece una carga tributaria máxima de 50% sobre total de ingresos del capital, considerando conjuntamente impuesto a la renta (impuesto de primera categoría e impuestos personales) e impuesto al patrimonio.

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