Seguro obligatorio por Covid-19 rige hasta septiembre: empleadores han contratado 5 millones de pólizas y aseguradoras han cobrado casi US$42 millones
Esa es la información que tiene la CMF según cifras al cierre de abril. Un total de 12 aseguradoras informaron que se han registrado 1.057 siniestros, de los cuales 703 fueron por riesgo de salud y 354 de muerte, con un pago total de siniestros por unos US$3 millones. Del total de pólizas, a mediados de junio la CMF proyectaba que 2,11 millones vencían en junio, 1,66 millones en julio y 240 mil en agosto.
En junio del año pasado empezó a regir la ley que exige un seguro individual obligatorio por Covid-19, que deben contratar las empresas a los trabajadores del sector privado que estén desarrollando sus labores de manera presencial, ya sea de forma total o parcial, para financiar o reembolsar los gastos de hospitalización y rehabilitación asociados al coronavirus.
Desde el Ministerio del Trabajo aclaran que este seguro “es obligatorio hasta la vigencia de la Alerta Sanitaria decretada por el Ministerio de Salud”, es decir, hasta el 30 de septiembre de este año.
Y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) por primera vez reveló cifras oficiales sobre las pólizas que se han contratado. Mediante un oficio que envió a mediados de junio a la ministra del Trabajo, Jeannette Jara, la CMF informa que al 30 de abril de este año se había vendido un total de 5.190.852 de pólizas con un cobro total en primas de UF 1.126.664,1 (equivalente a $36.252 millones, o US$42,3 millones).
Las compañías también informaron a la CMF que a la misma fecha se registraba un total de 1.057 siniestros, de los cuales 703 fueron por riesgo de salud y 354 de muerte, con un pago total de siniestros de UF 89.099 (unos $2.867 millones, o US$3,4 millones).
Por otro lado, muestra que del total de pólizas, 4 millones vencían entre junio y agosto: 2,11 millones en junio, 1,66 millones en julio y 240 mil en agosto del año 2022.
Adicionalmente, el regulador señaló al Ministerio del Trabajo que las compañías de seguros habían recibido y gestionado un total de 886 reclamos hasta el 30 de abril, relacionados con este tipo de seguro.
El oficio que envió la CMF a la cartera que lidera la ministra Jara explica que el viernes 3 de junio un equipo del regulador sostuvo una reunión con Pedro Contador y Margarita Peña, de la Subsecretaría de Previsión Social, “con el objeto de tratar inquietudes relacionadas con el seguro individual obligatorio de salud asociado a Covid-19″.
Con anterioridad a dicha reunión, la CMF había hecho una solicitud de antecedentes a las 12 compañías de seguros que habrían informado comercialización de la póliza de seguro Covid al cierre de 2021. “Cabe destacar que durante este año pudieron haberse incorporado otras compañías a la comercialización de este seguro, información que no ha sido recabada por esta Comisión. Por otro lado, respecto de los siniestros, debe tenerse en cuenta que pueden existir siniestros en liquidación; además, podían existir otros siniestros sin denunciar a la fecha de corte”, dice el oficio.
El Ministerio del Trabajo comenta que “el seguro mencionado es una obligación legal que recae en los empleadores de los trabajadores del sector privado sujetos al Código del Trabajo que desarrollen labores presenciales. El seguro tiene por objeto financiar o reembolsar los gastos de hospitalización y rehabilitación de cargo del trabajador, asociados a la enfermedad Covid-19, en la forma y condiciones que señala la ley, incluyendo el riesgo de muerte por esta misma causa”.
Agregan que “el oportuno cumplimiento de dicha obligación, así como la relación laboral en la que se enmarca, son aspectos de interés y competencia del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. En efecto, los artículos 13 y 14 de la ley 21.342 indica que será obligación del empleador contratar este seguro y entregar comprobante de su contratación al trabajador y que, en caso de incumplimiento, éste será responsable del pago de las sumas que le habría correspondido cubrir al asegurador, sin perjuicio de las sanciones que le aplique la Inspección del Trabajo”.
Por tanto, señalan que “tenemos que evaluar no sólo el cumplimiento de dicho deber, sino que la consistencia entre esa obligación y los datos de realidad; es decir, el comportamiento que ha tenido la pandemia del Covid-19″.
Es por esto “y dado que el interés del Ministerio del Trabajo y Previsión Social son los trabajadores y su bienestar, y a que no se disponía de mayor información, se solicitó a la CMF estos antecedentes del seguro señalado”.
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