Tribunal condena a Gabriel Urenda por estafa, apropiación indebida e infracción a la Ley de Mercado de Valores
El 4° Juzgado de Garantía de Santiago condenó a Gabriel Urenda Salamanca, fundador de Intervalores, a seis años de presidio por estafa y apropiación indebida, además de dos penas de 61 días por infracción a la Ley de Mercado de Valores. La sentencia, dictada por la jueza Francis Patricia Fell Franco, establece que lideró un esquema fraudulento que causó un perjuicio de $10.475 millones y US$2,1 millones a inversionistas y empresas. Sin embargo, la pena se consideró cumplida por el tiempo que pasó en prisión preventiva.
El 4° Juzgado de Garantía de Santiago condenó a Gabriel Urenda Salamanca, fundador de Intervalores e hijo del exsenador UDI y fundador del Grupo de Empresas Navieras (GEN), Beltrán Urenda Zegers, a seis años de presidio mayor en su grado mínimo por delitos reiterados de estafa y apropiación indebida, además de dos penas de 61 días de prisión por infracción a la Ley 18.045 del Mercado de Valores. También se le impuso la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos y oficios públicos y derechos políticos, junto con una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), pagadera en 10 cuotas.
No obstante, la magistrada Francis Patricia Fell Franco, quien dictó la sentencia, determinó que la pena principal se considera cumplida, dado el tiempo que Urenda Salamanca permaneció en prisión preventiva. Además, se ordenó omitir la anotación de la condena en su certificado de antecedentes y se le eximió del pago de costas judiciales.
El fallo establece que entre 2011 y 2018, Gabriel Urenda Salamanca, en conjunto con Sebastián González Chambers, gerente comercial de Intervalores Corredores de Bolsa Limitada, implementó un esquema fraudulento en el que captó inversiones asegurando rentabilidades fijas mensuales de entre 0,5% y 0,8%. Sin embargo, los fondos no fueron invertidos en los instrumentos financieros prometidos, sino que se destinaron a cubrir obligaciones del holding y pagar a clientes anteriores en lo que el tribunal calificó como un “esquema piramidal” o “Ponzi scheme”.
La jueza explicó que “los imputados no realizaron ni gestionaron ninguna clase de inversión con los fondos captados a través de estos mandatos de inversión, sino que los destinaron de forma íntegra a fines totalmente diversos, tales como pagar a los propios inversionistas sus retornos mensuales o sus solicitudes de devolución de capital”.
Además, se acreditó que Intervalores Corredores de Bolsa y otras sociedades del holding proporcionaron información falsa a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y a la ex Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) respecto a sus estados financieros. Según la sentencia, entre julio y septiembre de 2015 y entre octubre de 2017 y marzo de 2018, la corredora de bolsa manipuló registros contables para ocultar pasivos y mostrar activos ficticios, con el propósito de cumplir los requisitos de liquidez y patrimonio exigidos por la normativa.
Límite
El fallo detalla que, previo a la condena, el Ministerio Público presentó una acusación contra Urenda Salamanca por los delitos mencionados y solicitó la aplicación de un procedimiento abreviado, conforme a lo dispuesto en el artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal.
Sin embargo, los querellantes se opusieron a esta modalidad, argumentando que la Corte de Apelaciones de Santiago había ordenado la apertura de juicio oral, que existía un instructivo del Fiscal Nacional que desaconsejaba el uso de procedimientos abreviados en casos de defraudaciones masivas y que la pena a imponer excedía el límite permitido para este tipo de procedimiento.
Pese a estos reparos, el tribunal resolvió que “los presupuestos legales para el procedimiento abreviado se cumplen” y que la oposición de los querellantes “no era jurídicamente plausible”, ya que no habían efectuado una calificación jurídica distinta de los hechos ni señalado circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal que justificaran una pena mayor.
La jueza argumentó que “el querellante solo podrá oponerse cuando en su acusación particular hubiere efectuado una calificación jurídica distinta de los hechos, atribuido una forma distinta de participación o señalado circunstancias modificatorias de la responsabilidad diferentes de las consignadas por el fiscal”, lo que no ocurrió en este caso.
Asimismo, el tribunal estableció que el Ministerio Público sí tenía autorización de la Fiscalía Regional para ofrecer el procedimiento abreviado, cumpliendo con la normativa vigente.
Perjuicio
La sentencia da cuenta de la magnitud del fraude perpetrado por Urenda Salamanca, señalando que el perjuicio total asciende a $10.475 millones, además de US$ 2.187.282.
Entre las víctimas figuran inversionistas que suscribieron mandatos de administración con Intervalores S.A. bajo la creencia de que su dinero sería invertido en instrumentos financieros seguros. Sin embargo, el tribunal determinó que “los fondos eran utilizados de manera indebida para cubrir déficits financieros y mantener el funcionamiento del holding”.
Un caso emblemático dentro de la causa es el de la empresa Comercializadora de Productos Panor Limitada, que en diciembre de 2017 y enero de 2018 transfirió más de $1.151 millones a Inversiones Intervalores Capital Ltda. para la compra de divisas destinadas al pago de facturas de importación. Sin embargo, esos fondos nunca fueron utilizados para el fin pactado, lo que derivó en un grave perjuicio económico para la compañía. Panor es representada por el socio de Carey, Ricardo Reveco.
Además de la pena de cárcel, la jueza ordenó que una vez que la sentencia quede ejecutoriada, se levanten todas las medidas cautelares que pesaban sobre Urenda Salamanca, entre ellas el arresto total y la prohibición de salir del país
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.