Las competencias de la Contraloría

El Senado debe dirimir la disputa entre el órgano de control administrativo y la Corte Suprema de una forma técnica y no tentarse con una solución de sesgo electoralista.




Aunque no se conoce el contenido del fallo-lo que ocurrirá esta semana-, la Contraloría logró que el Tribunal Constitucional aceptara su tesis de que ella es el órgano técnico responsable de interpretar la legislación administrativa. Esto en el contexto de la decisión de un tribunal de primera instancia que intervino en la determinación del régimen de pensiones de la DGAC. Al exponer ante una sala del TC, el Contralor, Jorge Bermúdez, expresó su inquietud por lo que llamó un riesgo de "gobierno de los jueces", una expresión que irritó a ministros de la Corte Suprema. Aunque la sentencia del TC sólo se aplica al caso en examen, sin duda su contenido es una variable que deberá considerar el Senado, lugar donde la Contraloría ha interpuesto una contienda mayor de competencia respecto de la Corte Suprema acerca de su esfera propia de atribuciones en relación con las potestades del máximo tribunal, también a propósito del sistema previsional de la DGAC. La posición razonable del Contralor es que la posición de la justicia en rigor corresponde a un materia que debe ser resuelta por una ley. Lo importante en este sentido es que la cámara alta decida con estricto apego a la legislación y resuelva en términos técnicos y jurídicos, ya que el fondo de la cuestión en disputa -el modelo de pensiones- puede prestarse a la tentación de una votación política o electoralista.

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