La alcaldesa de Ñuñoa, Emilia Ríos (RD) lamentó el fallo de la Corte Suprema que respaldó el proyecto Eco Egaña Comunidad Sustentable de Fundamenta, propiedad del empresario Pablo Medina. La Tercera Sala del máximo tribunal del país desestimó las reclamaciones de los vecinos y confirmó la vigencia de la Resolución de Calificación Ambiental favorable de la iniciativa.
Se trata de un proyecto que considera la construcción de cuatro edificios y un sector de comercio en una superficie de 15.180 metros cuadrados, en la esquina de Avenida Irarrázaval con Avenida Américo Vespucio. La iniciativa de US$ 300 millones contempla un total de 1.752 departamentos, un sector de comercio, 2.133 estacionamientos para vehículos livianos y 8 para camiones, además de 1.072 bicicleteros.
“Lamentamos profundamente el fallo de la Corte Suprema con respecto al megaproyecto inmobiliario de la inmobiliaria Fundamenta, porque tenemos la convicción de que este tipo de proyectos no resguarda la calidad de vida de vecinos y vecinas y son un detrimento para el sector y la comuna en su conjunto”, sostuvo.
La jefa comunal, quien ha lanzado una fuerte ofensiva en contra del proyecto inmobiliario acusando el impacto que provocará en la disminución de horas de luz solar a los vecinos colindantes, destacó que “seguimos a la espera de la resolución del Servicio de Evaluación Ambiental, por la solicitud de invalidación que realizamos hace algunas semanas atrás”.
“Una lección que nos deja este caso es que necesitamos con urgencia una institucionalidad ambiental que ponga en el centro a la calidad de las personas y que pueda ser compatibilizado con un crecimiento sostenible en el tiempo. Desde la Municipalidad de Ñuñoa, tal como lo hemos hecho, vamos a ocupar todas las herramientas que están en nuestro alcance para defender a vecinas y vecinos”, concluyó.
El último fallo de la Corte Suprema viene a ser un triunfo clave para la inmobiliaria. Tras la sentencia, Fundamenta puede volver a retomar sus obras, luego que el 13 de abril de 2022 la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana calificara desfavorablemente el proyecto. Ello provocó poner en pausa la construcción de la iniciativa que considera una inversión de US$300 millones, y el despido de más de 200 trabajadores.
La Corte Suprema en su fallo recordó que el Tribunal Ambiental de Santiago declaró la inadmisibilidad de la reclamación vinculada al “efecto de luminosidad-sombra, se ajustó a derecho, por cuanto aquella no cumplió los requisitos del artículo 78 del RSEIA, sin que en la especie fuera aplicable la norma del artículo 31 de la Ley N° 19.880, de aplicación supletoria, toda vez que existe una regulación específica que la excluye”.