Alejandro Micco: "Entender simplificación como reintegrar el sistema es engañoso"

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Exsubsecretario de Hacienda de Bachelet destacó la decisión del gobierno de no aumentar la tasa de impuesto corporativo.


¿Sorprendió que el gobierno anunciara que mantendrá la tasa de impuesto corporativo en 27%?

Se valora que el Presidente rescate el punto planteado por los senadores de oposición de no bajar el impuesto a las empresas. Cuando se quiere proveer de bienes públicos hay que contar con recursos y eso no cuadraba con una rebaja a los impuestos corporativos.

¿Y que responsabilice a la estrechez fiscal heredada por la administración Bachelet?

Ha habido ataques bien sesgados del gobierno, como el de los gastos comprometidos que en realidad son presiones de gasto que es su responsabilidad gestionar. Pero prefiero quedarme con el vaso medio lleno: que recogiera que no había que bajar las tasas.

Hubo tres términos en el discurso para referirse a los cambios que sí se harán en materia tributaria: simplificación, modernización y certeza jurídica. ¿Cómo las evalúa?

Hay que ver qué se está entendiendo por simplificación y modernización. Entender la simplificación como la reintegración de los impuestos es engañoso. Lo hemos planteado desde el día uno: reintegrar el sistema es una baja de la carga tributaria a las rentas del capital, a la gente que es dueña de las grandes empresas en Chile; el beneficio recaería principalmente en las empresas que venden del orden de US$ 300 millones anuales y al final igual es una rebaja de impuestos. Eso no es menor si se está acusando estrechez fiscal. En todo caso, aún son solo anuncios, hay que ver la bajada.

¿Y lo de la certeza jurídica?

Espero que eso no signifique que se pongan trabas al funcionamiento de la Norma General Antielusión, que es una de las herramientas más potentes para evitar la elusión en el país y que ha tenido un impacto positivo. Si se está entendiendo como certeza el poner cada uno de los casos posibles en la norma, es un error. La lógica de esta regulación es que prime el fondo sobre la forma y si están entendiendo que todo el catálogo de casos tenga que estar por escrito, es matar la norma.

También se habló de "arbitrariedad del sistema actual". ¿Esto alcanza a las atribuciones del Servicio de Impuestos Internos (SII)?

Para poder usar la norma antielusión efectivamente el caso debe ser levantado por el SII, pero no hay que perder de vista que esto lo resuelve un juez tributario. Por lo tanto, certeza hay.

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