El Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) aplicó una multa a Banco Santander Chile, por no remitir oportunamente al Ministerio Público los antecedentes bancarios requeridos en una investigación penal. La sanción asciende a 400 UF (unos $14.800.000).
“Ha quedado acreditado en esta instancia administrativa que la Investigada no actuó en forma diligente para el oportuno desarrollo de la investigación llevada a cabo por el Ministerio Público, pues, no obstante ser requerida para que remitiera los antecedentes bancarios solicitados para la investigación, no lo hizo dentro de plazo legal”, sostuvo el organismo en su resolución.
Y agregó que “por el contrario, según quedó acreditado en esta instancia administrativa, el atraso en la respuesta de los requerimientos formulados al Banco fue reiterado, variando desde 84 días hábiles bancarios de atraso en el primer caso, hasta 12 días hábiles bancarios, excediendo con creces el plazo legal. Lo anterior, resulta especialmente grave considerando que los antecedentes bancarios son un insumo necesario para las investigaciones del Ministerio Público y el correcto desarrollo de las causas judiciales antes los Tribunales de Justicia y, por ello, son indispensables para las labores que dichos órganos desempeñan”.
Los descargos del banco fueron realizados el pasado 23 de noviembre, según consta en la resolución que dio a conocer este miércoles la CMF, y el 25 de enero se llevó a cabo la audiencia a la defensa de la entidad.
En sus descargos el banco planteó que “el presente procedimiento sancionatorio, al alero de las obligaciones que en materia de información tiene nuestra representada, creemos no debiera prosperar. El Banco se ha visto enfrentado a un desafío importante a nivel regulatorio, que ha visto cómo año a año diversas legislaciones son introducidas e incrementan las obligaciones de reportes, información y otros, que el Banco Santander debe entregar a distintas autoridades, en el marco de su cumplimiento normativo”.
Asimismo agregaron que la infracción no existe, ya que indican que “para que exista una infracción, que amerite una sanción bajo cualquier procedimiento administrativo, no solo se basta con la constatación de un hecho determinado, sino que debe concurrir un factor de atribución al Banco, una responsabilidad o culpa en su accionar, y el cumplimiento debe haber sido posible”.
La entidad bancaria tiene un plazo de cinco días hábiles para presentar un recurso de reposición en contra de esta resolución.
“Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición establecido en el artículo 69 del Decreto Ley N°3.538, el que debe ser interpuesto ante la Comisión para el Mercado Financiero, dentro del plazo de 5 días hábiles contado desde la notificación de la presente resolución; y, el reclamo de ilegalidad dispuesto en el artículo 71 del D.L. N°3.538, el que debe ser interpuesto ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago dentro del plazo de 10 días hábiles computado de acuerdo a lo establecido en el artículo 66 del Código de Procedimiento Civil”.
Declaración Santander
Tras conocer la sanción impuesta por la CMF, desde Banco Santander, no descartan presentar recursos en contra de la multa.
“En relación con la sanción impuesta por la Comisión para el Mercado Financiero a Santander Chile, señalamos que esta no obedece a la negativa por parte del Banco de entregar la información solicitada, sino que en el retardo en la entrega de la misma. Esto, porque los requerimientos se referían a un alto volumen de información con más de 70.000 operaciones de clientes, dentro de las que se encontraban cerca de 6.500 cheques, 13.000 transferencias y vales a la vista, lo que evidentemente no pudo cumplirse en los plazos concedidos por el Ministerio Público”, dijo el banco en una declaración pública”, indicó el banco.
Y agregó que “por lo mismo, Santander Chile está analizando la presentación de recursos en contra de la sanción impuesta por la CMF. Por último, es importante destacar que Santander Chile mantiene su fuerte compromiso con entregar la información solicitada por las autoridades, cumpliendo así con lo estipulado por Ley”.