Comisión Nacional de Productividad propone cambios en proyecto de ley de garantías a prestadores de servicios a través de plataformas digitales

Para la CNP el problema de fondo radica en querer aplicar paradigmas propios de una relación laboral tradicional a una que por su naturaleza no lo es.


Para la Comisión Nacional de Productividad (CNP) la fotografía es muy clara: el proyecto de ley de garantías a prestadores de servicios a través de plataformas digitales “es muy bien intencionado” pero en términos prácticos, más bien resulta “contraproducente”.

A esa fue precisamente la conclusión a la que llegó el secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Productividad (CNP), Rodrigo Krell, quien durante su participación en la sesión de la Comisión de Trabajo del Senado, propuso una serie de modificaciones en algunos de los artículos de la iniciativa que se encuentra en su primer trámite legislativo.

Así, como primer punto, la CNP recomendó precisar bien lo que se entiende por “prestador de servicios”. Esto, porque al ser demasiado amplia la definición puede interpretarse como “ desde quienes arriendan inmuebles por Airbnb, hasta los que venden por mercado público”, dice Krell.

No obstante, el miembro de la CNP señaló en la instancia, que este primer aspecto resulta fácil de subsanar, pero, “lo que más nos inquieta, es que este proyecto establece que el pago a los prestadores de servicios sea por hora, y no por tarea realizada”, por lo que alertó que el hecho de que se pague por tarea, es lo que permite mucha libertad a los prestadores, mientras que si el pago fuera por hora, las aplicaciones tendrían que ejercer un gran control sobre ellos (los trabajadores), lo que impediría las ganancias de productividad que generan estas tecnologías.

El resultado, según la CNP sería una menor cobertura, mayores costos, menor innovación. “Todo eso redunda en perjuicios de los consumidores, los repartidores, y las mismas empresas”. apuntó.

En todo caso, dijo Krell, el problema de fondo tiene que ver más bien con la idea de aplicar paradigmas de una relación laboral tradicional en una que por su naturaleza no funciona de esta forma. “Este es un mundo híbrido, y las nuevas tecnologías rompen esos moldes y por tanto no caben dentro de una regulación como la del Código del Trabajo”.

Sobre este último, agregó que si se tratase de volcar a las plataformas digitales hacia el mundo tradicional “nuestra apreciación es que destruiría este mercado y no podría funcionar”.

Este proyecto de ley nació de una moción parlamentaria presentada por los senadores Manuel José Ossandón; Carolina Goic, Juan Pablo Letelier y David Sandoval ingresada en mayo recién pasado y que busca regular este tipo de prácticas laborales además de establecer garantías básicas a las personas que prestan servicios a través de plataformas digitales.

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