Una denuncia infraccional fue lo que interpuso el Sernac contra Felices y Forrados (FyF) el pasado 9 de junio ante el Tercer Juzgado de Policía Local de Las Condes, por eventuales infracciones a la ley sobre protección de los derechos de los consumidores (LPDC). La causa se inició un par de semanas antes de que la empresa dejara de operar.

Y si bien la denuncia sigue adelante, el 23 de junio el Juzgado respondió a uno de los requerimientos que había hecho el Sernac. “No ha lugar”, fue su respuesta. En concreto, el organismo que dirige Lucas del Villar había solicitado que “se ordene la suspensión de las publicidades de la denunciada relacionada y/o en donde se haga uso de la frase individualizada en el numeral 5.2 del Oficio Ordinario Nº 8061 de fecha 16 de noviembre de 2020 dictado por este Servicio, o en subsidio y, para el evento que no se encuentren actualmente disponibles o vigentes, se exija al anunciante que, a su propia costa, realice la publicidad correctiva que resulte apropiada para enmendar en breve plazo, los errores o falsedades contenidas en la misma”.

El Sernac apuntaba a algunas frases que tenía FyF en su sitio web, y que en una parte de la denuncia señala que incurrirían “en prácticas publicitarias que inducen a error o engaño”.

De todas maneras, el 29 de junio el Servicio interpuso un recurso de reposición, pero no le fue mucho mejor y el 2 de julio, el Juzgado determinó: “No ha lugar”.