El Departamento de Hacienda de Estados Unidos anunció la entrada en vigencia del tratado internacional con Chile que busca evitar la doble tributación y la elusión fiscal. Desde la superpotencia también destacaron que el acuerdo servirá para reducir las barreras fiscales de inversión entre ambas naciones.
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Además, Estados Unidos resaltó que el tratado que evita la doble tributación es la primera iniciativa de este tipo que la superpotencia firma con otra nación en más de 10 años y es el segundo acuerdo fiscal bilateral de estas características con un país sudamericano.
“El tratado con Chile fue aprobado por una abrumadora mayoría en el Senado estadounidense el 22 de junio de 2023, y el presidente de Estados Unidos, Joe Biden, ya firmó la ratificación en diciembre. El tratado ha entrado en vigencia hoy (ayer), cuando Estados Unidos ha notificado a Chile que ha cumplido los procedimientos aplicables para su puesta en marcha”, comentó el Departamento de Hacienda de EE.UU. por medio de sus canales oficiales.
En tanto, desde Chile, el Congreso despachó a ley la iniciativa el 15 de noviembre de este año tras aprobar las modificaciones al proyecto por Estados Unidos. Esto, en un proceso que duró cerca de 10 años. Según cifras del gobierno del Presidente Gabriel Boric, la inversión de EE.UU. en Chile representa hoy el 10,9% de la inversión extranjera.
Sobre el detalle, el Departamento del Tesoro de EE.UU. explicó que la medida se aplicará, para los impuestos retenidos, a las “sumas pagadas o acreditadas a partir del 1 de febrero de 2024″. Mientras que, para “todos los demás impuestos, el convenio tributario con Chile entrará en vigencia para los períodos impositivos que comiencen a partir del 1 de enero de 2024″.
Además, las autoridades de Estados Unidos destacaron en cinco puntos los beneficios que traer el acuerdo tributario con Chile:
- Reducción de la retención fiscal a cuenta en el país de origen sobre determinados pagos de dividendos, así como pagos de intereses y royalties.
- Prohibición de gravar en el país de origen las ganancias de una empresa en ausencia del denominado “establecimiento permanente”.
- Normas beneficiosas para las personas físicas, incluidas disposiciones que regulan la tributación de las rentas del trabajo, los pagos a estudiantes y becarios, y las pensiones y pagos a la seguridad social.
- Una disposición exhaustiva sobre la limitación de las prestaciones.
- Una disposición exhaustiva que permita el pleno intercambio de información entre las autoridades fiscales estadounidenses y chilenas.