El exgerente general de Primus Capital, Francisco Coeymans Ossandón, presentó el martes de esta semana un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones en contra de la magistrada del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, Mariana Leyton, para revocar la orden de detención que dictó la jueza en su contra. Esto, luego de que el exejecutivo no se presentara a la audiencia de formalización realizada el pasado 3 de abril, aduciendo estar con licencia médica por Covid, en Lima, Perú.
Coeymans está bajo la lupa del Ministerio Público que tiene ahora previsto formalizarlo el próximo 10 de mayo por los presuntos delitos de estafa, administración desleal, uso malicioso de instrumento privado mercantil falso y “blanqueo de capitales”, cometidos entre enero de 2019 y junio de 2023, además de espionaje informático y acceso ilícito a sistemas informáticos.
“Coeymans sigue en Lima y no se ha movido de ahí”, afirmó su abogado Mario Vargas en entrevista hoy con T13 radio.
El ingeniero comercial de la Universidad Católica explicó en su presentación que el 26 de marzo de 2024 viajó a la capital peruana “con fines personales”, teniendo agendado pasaje de regreso a Santiago para el 1 de abril, con llegada al día siguiente.
No obstante, sostuvo que el día 1 de abril, mientras aún se encontraba en Lima, fue diagnosticado de Covid-19 por el médico cirujano Iván Pacheco, por lo cual se vio impedido de viajar a Chile, pues le fue ordenado aislamiento obligatorio y reposo médico total por el lapso de siete días.
En el escrito patrocinado por el abogado y exfiscal Manuel Guerra, cuestionó a la Fiscalía, destacando que durante la audiencia el Ministerio Público indicó que “la incomparecencia a la audiencia de formalización no se encontraba debidamente justificada, para lo cual restó legitimidad al certificado”.
“Coeymans jamás ha pretendido asilarse en una supuesta falta de notificación para justificar su inasistencia a la audiencia. Tampoco ha evadido la acción de la justicia, siendo del caso indicar que fue el primero de los imputados citados a audiencia de formalización de la investigación en renunciar a su derecho a guardar silencio y prestar declaración ante el señor Fiscal Felipe Sepúlveda”, señaló el texto.
La jueza, para fundamentar la orden de detención contra Coeymans, citó la Resolución N°022-2024 del Ministerio de Salud del Perú (MINSA), la cual establecería un plazo de cinco días de descanso y aislamiento y no siete días como expuso su defensa en la audiencia.
“Más allá de que llama la atención de esta parte, que la señora jueza realice gestiones de averiguación con el propósito de subsidiar la carencia argumentativa del Ministerio Público y la parte querellante que ninguna referencia realizaron a la normativa sanitaria del Perú para fundamentar su petición de detención, resulta que dicho argumento es altamente cuestionable”, consignó el escrito.
“En síntesis, se ordenó la detención judicial del señor Coeymans en base a fundamentos errados tanto en los hechos como en el Derecho, debido a su inasistencia a una audiencia de formalización que no se realizó y se reprogramó no por la inasistencia del Señor Coeymans, por lo cual la resolución resulta ilegal al existir fundamento plausible de la inasistencia de mi representado, no reuniéndose los presupuestos requeridos por la ley en el artículo 127 del CPP (Código Procesal Penal)”, concluyó.