La Fiscalía de Alta Complejidad de la Región Metropolitana Oriente presentó un recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de Santiago para revertir la decisión del 4° Juzgado de Garantía que rechazó la prisión preventiva para Álvaro Jalaff Sanz, ex socio de Grupo Patio.

Según el escrito, Jalaff enfrenta cargos por delitos tributarios, administración desleal, infracción a la Ley de Mercado de Valores, lavado de activos y soborno, pero el tribunal decretó para él arresto domiciliario total y arraigo nacional. El tribunal no dio por acreditada la participación de Jalaff en los delitos de soborno y lavado de activos.

En su escrito, el fiscal Miguel Ángel Orellana argumentó que la libertad del imputado representa un “peligro para la seguridad de la sociedad, para la seguridad del proceso, así como también por la existencia de un evidente peligro de fuga.”

Entre el 13 y el 23 de enero de 2025, el Ministerio Público formalizó a 20 imputados en la causa, incluyendo a Álvaro Jalaff, por una serie de delitos económicos. La magistrada Charyl Fernández sólo decretó en su contra arraigo nacional y arresto domiciliario total.

En su caso particular, la Fiscalía le atribuye participación en cinco hechos específicos. Entre ellos, la presentación de declaraciones de impuestos falsas (años tributarios 2022 y 2023), a través de sus sociedades Inversiones Ensenada Limitada e Inversiones Kingston SpA, generando un perjuicio fiscal de $161 millones por Impuesto de Primera Categoría. Además de declaraciones fraudulentas como persona natural, con un perjuicio fiscal histórico de $2.807 millones, actualizado a $3.458 millones a diciembre de 2024.

Al imputado la Fiscalía acusa también la infracción a la Ley de Mercado de Valores, al participar en un esquema de administración desleal con impacto en la estabilidad financiera. Así también como lavado de activos, mediante triangulación de fondos, uso de efectivo y transferencias internacionales.

En el caso del soborno, la fiscalía funda su imputación en pagos que efectuaron Daniel Sauer y Alvaro Jalaff, en coordinación con Luis Hermosilla Osorio, a María Leonarda Villalobos, “para que esta pagara y solicitara al funcionario del Servicio de Impuestos Internos Patricio Mejías Esparza, consultar, entre otro tipo de gestiones, si existían fiscalizaciones a las empresas que estos manejaban, mediante las cuales efectuaban facturación ideológicamente falsa”.

Los querellantes también apelaron la resolución del 4° Juzgado de Garantía de Santiago. En su presentación, el Fondo de Inversión Privado Global SME Growth Fund LP, Ricardo Berdichevsky, Eduardo Berdichevsky, y los hermanos Rafael, Johanna y Felipe Arueste, junto a José Manuel Prida, solicitaron la prisión preventiva de los hermanos Antonio Jalaff Sanz y Álvaro Jalaff Sanz. La fiscalía también había pedido la prisión preventiva de Antonio Jalaff, pero no apeló a la decisión del Cuarto Juzgado de Garantía que la rechazó.

Por su parte, Nova Trade Solutions SpA, Fintrust SpA, Carlos Escobar, Carolina González, Anna Romanow y Juan Pablo Arteaga también pidieron la medida cautelar de prisión preventiva para Álvaro Jalaff Sanz. Además, solicitaron arresto domiciliario total para los imputados Felipe Porzio y Manuel Bulnes.

Evidencias

Durante la audiencia, el ente persecutor había presentado una serie de antecedentes que, a su juicio, justifican la necesidad de prisión preventiva. Entre ellos, chats de WhatsApp y declaraciones de testigos clave.

En su escrito de apelación, la Fiscalía también reveló una breve conversación ocurrida el 14 de agosto de 2018 a través de WhatsApp entre Daniel Sauer, socio de Factop, y Marcelo Medina, contador de los hermanos Álvaro y Antonio Jalaff, en la se acompañó una fotografía enviada por Sauer.

Daniel:

Daniel: Es lo de Álvaro a quien

Marcelo: A mi

Daniel: Ok

En otro de los mensajes mencionados es un intercambio entre Jalaff y la abogada María Leonarda Villalobos el 24 de marzo de 2023, en el que el imputado le dice:

“Oye, me están llamando de BTG. Y me llamó SANTANDER”

A lo que Villalobos responde:

“Chuuuu.”

Jalaff insiste:

“Recién. Tenemos que actuar muy muy rápido.”

En otro chat de julio de 2023 entre Marcelo Medina y Villalobos, la intermediaria escribe:

“Noooo. Trabajando para ud.”

Días después, Medina recibe un mensaje reenviado por Villalobos que advierte:

“No sigo esperando hasta más allá del lunes próximo a las 3 de la tarde, no haré nada más por ti.”

Otro punto clave de la acusación apunta a pagos realizados a Patricio Mejías, funcionario del SII, a cambio de información confidencial. Según la Fiscalía, las transacciones sumaron $13.544.577 y fueron realizadas desde la cuenta de Steuern Asesorías SpA a la cuenta personal de Mejías. La trazabilidad de los montos se acredita en cartolas bancarias.

En cuanto al delito de lavado de activos, el Ministerio Público argumentó que Jalaff utilizó una red de empresas para triangular fondos ilícitos. Un mensaje clave es el de Daniel Sauer a Marcelo Medina, donde le solicita documentación de Inversiones Las Vegas, empresa de Jalaff:

“Ya es súper importante porque es un pedido de la UAF. Me pidieron 50 carpetas de clientes seguros por depósitos que se le hacen y está la de Las Vegas dentro de eso. Y yo tengo solo a Álvaro, necesito papeles de Las Vegas y para que UAF vea que es cliente y está todo en orden!!”

A ello se suman chats entre Jalaff y Medina con instrucciones de transferencias millonarias a cuentas en el extranjero:

“Hola, necesito transferir 50.000 US a mi cuenta en Morgan Stanley. 20.000 US a mi cuenta en HSBC y 30.000 a mi cuenta corp NY.”

En otro mensaje de septiembre de 2020, Jalaff indica:

“Necesito 300.000 en mi cuenta Morgan. Me ayudas a coordinar porfa. Pero en la mía, no en Las Vegas”

Errores

El escrito de apelación cuestiona duramente la decisión de la magistrada Cheryl Fernández Albornoz, señalando que incurrió en errores al desestimar los delitos de soborno y lavado de activos.

Respecto al soborno, la jueza argumentó que no existían antecedentes que conectaran a Jalaff con el pago de coimas. Sin embargo, la Fiscalía señaló que la resolución “carece de fundamentación en relación a los hechos” y que “el tribunal no se hizo cargo de la conexión existente entre los delitos base de lavado en el presente caso, los que por cierto dio por configurados, así como tampoco de las maniobras desplegadas por el imputado para inyectar e integrar las ganancias ilícitamente generadas dentro del sistema financiero.”

Un punto que destacó la Fiscalía es la incongruencia en el criterio aplicado a Daniel Sauer, imputado en la misma causa, para quien sí se consideró acreditado el delito de lavado de activos, manteniéndolo en prisión preventiva. “Por último, existe una evidente inconsistencia en el razonamiento de SS. con lo que posteriormente resolvió respecto de la discusión de cautelares de Daniel Sauer, donde bajo las mismas conductas sí dio por acreditado el delito de lavado de activos”, señala el documento.