La ANFP se sigue resistiendo al pago de la millonaria multa que la justicia impuso en su contra, tras considerar que el cobro de la cuota de incoporación por $ 640 millones a los clubes ascendidos debían cancelar para competir en la Primera B del balompié nacional, limitó la capacidad competitiva y deportiva de los clubes, operadondo como una barrera artificial para el ingreso al mercado o como un obstáculo para el desempeño competitivo.

El caso se remonta a una denuncia que presentó la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en contra del órgano rector del futbol chileno en febrero de 2018, la que más tarde fue acogida íntegramente por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en junio de 2020. En dicha ocasión, se le condenó al pago de 3.145 Unidades Tributarias Anuales (UTA), lo que equivale actualmente a $ 2.276 millones, o unos US$ 2,3 millones.

Si bien la ANFP apeló ante la Corte Suprema, instancia que ratificó la multa en septiembre de 2021, su estrategia legal también incluyó un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC).

En un escrito ingresado en marzo de este año, el organismo que dirige Pablo Milad impugnó dos normas que permiten al TDLC hacer cumplir la sanción y habilitan a dicho tribunal para imponer apremios de multa o arresto en caso de no pago. El recurso fue ingresado por los abogados Andrés Fuchs y y Nader Mufdi.

Con ello, y aunque el fallo del TDLC se encontraba en etapa de cumplimiento desde junio de 2020, el pago de la multa fue suspendido a la espera que se resuelva el citado recurso.

Con su acción, la ANFP alega que las medidas de apremio para hacer cumplir el fallo de la justicia serían contrarias a la Constitución, ya que vulnerarían el debido proceso, el principio de proporcionalidad, la prohibición de apremios ilegítimos, así como el principio de culpabilidad y responsabilidad.

Agrega que la ley, al hacer al TDLC responsable de ejecutar la sentencia, no le permitiría llegar a un convenio de pago con la Tesorería General de la República para pagar la multa de modo diferido, circunstancia que provocaría una vulneración al principio de igualdad ante la ley.

En una audiencia realizada este jueves, la FNE solicitó al pleno del TC desestimar el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad.

En su alegato, el jefe de Litigios de la FNE, Víctor Santelices, explicó que las disposiciones impugnadas no infringen la Constitución, dado que existe la posibilidad de escuchar a la parte condenada antes de imponer los apremios; que estos no son propiamente sanciones, sino que medidas compulsivas destinadas únicamente al pago efectivo de la multa; y que existe un interés público comprometido en el pago de las multas impuestas por el TDLC.

El representante de la FNE también precisó que la ANFP no ha recibido un trato diferente al de otros sujetos sancionados por el TDLC o por cualquier tribunal de justicia y que, en cualquier caso, se justifica que sean estos últimos quienes den cumplimiento a las sanciones que ellos imponen como parte de su ejercicio jurisdiccional.

Finalmente sostuvo que el requerimiento de la ANFP persigue dar cumplimiento a través de un convenio que le permita efectuar pagos en cuotas justificando esa petición en su capacidad económica, cuestión que ya fue discutida y resuelta por el TDLC y por la Corte Suprema. Agregó que el requerimiento desconoce las facultades jurisdiccionales del TDLC que le facultan a hacer cumplir las sanciones impuestas y podría generar un desincentivo al cumplimiento de la ley de competencia por vía de disminuir el efecto disuasivo de las sanciones de multa impuestas por el TDLC y la Corte Suprema.

Cabe recordar que, en su momento, la ANFP justificó el pago de la cuota de incorporación para los clubes que ascendían a la Primera B. Fue el entonces vicepresidente, Andrés Fazio, quien firmó que el monto sería “para el respaldo del equipo que desciende”.

Fazio explicó que se había realizado una evaluación a cargo de la empresa de asesoría económica Econsult, la cual sugirió que el pago debía constituirse como garantía por el impacto económico que reciben los clubes que descienden.

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