Un recurso de queja presentó la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en contra de los ministros del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) ante la Corte Suprema el pasado 15 de noviembre por las “graves faltas o abusos” cometidas en la sentencia del 9 de noviembre de 2022 por la consulta de Transbank sobre el sistema tarifario que implementó desde el 1 de abril de 2020.

La acción surge luego de que el TDLC decidiera no acoger a tramitación la solicitud de cumplimiento forzoso del fallo de la Corte Suprema que ordenó realizar una serie de cambios al sistema tarifario de la plataforma financiera.

En su sentencia el máximo tribunal del país ordenó a Transbank la fijación de un merchant discount único de 0,4% por transacción, tanto para tarjetas de crédito, débito y prepago. Además de una tarifa diferenciada para los PSP, los operadores y empresas recaudadoras.

En esa línea también dispuso el reajuste de las tarifas a emisores contenidas en el Plan de Autorregulación de Transbank, dentro de los que se incluyen criterios de autofinanciamiento y de aplicación de una tarifa única. Asimismo, el fallo dispuso que se declare que Transbank se encuentra en la obligación de cobrar los merchant discounts desde el 18 de agosto de 2022.

Para Transbank, la sentencia de la Corte Suprema “no contenía ninguna orden directa ni obligación de actuación que debiese ser ejecutada” por parte del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC). En esa lógica, la plataforma financiera presentó una reposición que finalmente el tribunal acoge y desestima la solicitud de cumplimiento de la FNE.

Para el TDLC “la sentencia N° 82.422 sólo se ha limitado a reiterar los criterios ya consignados en su sentencia de 27 de diciembre de 2019, rol N° 24.828-2018, relativos al merchant discount que debe cobrar Transbank. En consecuencia, es esta última sentencia la que contiene una orden a Transbank de ajustar su sistema tarifario a las instrucciones allí establecidas, pero no es ella la que se busca ejecutar en este proceso”.

Frente al revés, la Fiscalia Nacional Económica cuestionó la actuación de los ministros del TDLC, acusándolos de “graves faltas o abusos”. La queja es dirigida en contra del presidente Nicolás Rojas y las ministras Daniela Gorab y María de la Luz Domper.

Faltas graves

En su presentación, el órgano antimonopolios identificó cuatro faltas graves.

Según la fiscalía, la resolución del TDLC desconoce que la sentencia de la Corte Suprema contiene órdenes y principios de actuación que deben ser aplicados por Transbank y sus accionistas emisores, en resguardo de la libre competencia”.

A ello se suma que la misma resolución, “reconoce la procedencia de un procedimiento de cumplimiento incidental para resoluciones emanadas de procedimientos no contenciosos, pero niega ejercer su facultad de imperio para este caso particular, en contra de normas expresas de rango constitucional y legal y de su propia interpretación en el presente procedimiento”.

En una tercera falta grave, la FNE cuestionó que los ministros remitieran los antecedentes a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), desconociendo las facultades que tiene su judicatura y la Fiscalía Nacional Económica para la ejecución de las resoluciones en sede de libre competencia”.

Y por último, la FNE sostuvo que una cuarta falta grave o abuso ocurre debido a que “la resolución recurrida infringe las garantías de tutela judicial efectiva, economía procesal y certeza jurídica del debido proceso”.

El origen del caso

El caso tiene su origen, el 13 de mayo de 2020 cuando Transbank ingresó al TDLC una consulta sobre su nuevo sistema tarifario implementado desde el 1 de abril de 2020 para comercios, emisores, proveedores de servicios de procesamiento de pago y operadores o accidentes que quisieran conectarse con la compañía en el contexto del modelo de cuatro partes.

En el procedimiento se hicieron parte y aportaron antecedentes una serie de entidades como el Banco Central, la Comisión para el Mercado Financiero, el Ministerio Economía, el Ministerio de Hacienda y la Fiscalía Nacional Económica. También las marcas de tarjetas: American Express, MasterCard y Visa. Los emisores: Banco Santander. Adquirentes: Multicaja y comercios como Copec, Farmacias Cruz Verde, Farmacias Ahumada, SMU y Walmart.

El 21 de septiembre de 2021, el TDLC dictó una resolución con la cual declaraba que el sistema tarifario consultado por Transbank se ajustaba a las normas del Decreto Ley 211

Sin embargo la resolución del tribunal fue objetada por la fiscalía, Odecu, sencillito, Unired, Walmart, Farmacias Ahumada, Copec, Conadecus y Multicaja ante la Corte Suprema.

El 8 de agosto de 2022, el máximo tribunal del país acogió los recursos de reclamación interpuesto por las entidades mencionadas y rechazó la consulta planteada por Transbank por incumplir con diversos criterios y principios que debían ser aplicados por esta en su sistema tarifario.

Posteriormente, la FNE pone en marcha una investigación para comprobar si efectivamente Transbank estaba dando cumplimiento al fallo de la Corte Suprema y corroboró que “para el adecuado cumplimiento de las obligaciones y criterios establecidos en las Sentencias de la Excma. Corte Suprema, Transbank debe fijar -para comercios- un merchant discount único de 0,4% para tarjetas de crédito, débito y prepago”.