Tal como lo comprometió la semana pasada el ministro secretario general de la Presidencia, Giorgio Jackson, el gobierno ingresó este lunes al Congreso una reforma constitucional que establece explícitamente que los fondos de pensiones que están en la cuentas individuales son de propiedad de los afiliados y que no se pueden expropiar por ley.

No obstante, si se aprueba en el Congreso este proyecto, solo regiría mientras se encuentre vigente la actual Constitución. Al respecto, el abogado constitucionalista Tomás Jordán (DC), que trabajó en la redacción del proyecto constitucional del segundo gobierno de Michelle Bachelet, señala que “lo que esté establecido en la actual Constitución no obliga a la Convención Constitucional y debería estar escrito también en la nueva Constitución (si es que se quiere garantizar el tema tal cual como lo propone el gobierno)”.

A lo mismo apunta el académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Católica, Eugenio Evans: “Cualquier reforma que se le haga a la Constitución vigente morirá o sus efectos se extinguirán cuando ella deje de regir, o sea, cuando comience la vigencia de la nueva o las normas de la nueva de acuerdo con lo que esta última establezca acerca de su entrada en vigencia. Por lo tanto, lo que diga la actual Constitución sobre los fondos de pensiones tendrá la duración de esta última o lo que señale la nueva Constitución acerca de ese tema en particular”.

De todas maneras, el proyecto que ingresó el gobierno parece haber cambiado en algo el debate que lleva adelante la Convención Constitucional sobre la materia.

Esto, porque si bien hasta ahora los convencionales de centroizquierda no se habían mostrado abiertos a incluir algo de este tipo en la nueva Constitución, ahora eso podría cambiar. Esta apertura también ocurre a un día de que se voten este martes, en el pleno, los temas relacionados a seguridad social y pensiones. En todo caso, no necesariamente allí se incluirá el tema.

Al menos a eso apuntó este lunes el vicepresidente de la Convención, Gaspar Domínguez (INN), quien aseguró que “entendiendo que esto es una preocupación de vastos sectores de la sociedad, es altamente posible que sea considerada en otra etapa de la discusión también (el tema de inexpropiabilidad de los fondos)”. Por ejemplo, dijo que es posible que eso se podría realizar cuando se discutan las normas transitorias.

Para el convencional Bernardo Fontaine (Vamos por Chile), el proyecto que ingresó el gobierno al Congreso “es un volador de luces porque, ¿de qué sirve poner esto en la Constitución antigua y no en la nueva que puede resultar aprobada y derogar la anterior?”, plantea.

Y sobre lo que mencionó el convencional Domínguez, Fontaine dice que “aludió a una norma transitoria, pero ella, si se aprueba, solo podría referirse a los ahorros acumulados, no a los futuros. Sería insuficiente. También dijo que la norma de seguridad social que se vota este martes no establece un sistema de pensiones. Eso no es así. La norma establece un sistema público estatal sin privados, de ´prestaciones definidas´, o sea un sistema de reparto sin propiedad de los fondos y dice que los fondos solo serán usados para pagar pensiones, luego no podrán ser heredados los fondos. Espero que se rechace con fuerza y se aprueben las indicaciones de Rocío Cantuarias que garantizan que los trabajadores seguirán siendo dueños de sus ahorros previsionales”.

Esto, considerando que la convencional Cantuarias justamente ingresó indicaciones para que en el pleno se puedan votar este martes normas de ese tipo.

Por su parte, el convencional del Colectivo Socialista, Matías Orellana, manifiesta que “en la Convención no ha existido voluntad para expropiar los fondos de pensiones de los trabajadores, por ello no se han conseguido los votos necesarios para consagrar algo por estilo. ¿De dónde nace esto entonces? De un discurso que han instalado algunos convencionales de derecha y sus medios, creando un temor colectivo que no tiene asidero en la realidad. De hecho, en la actual Constitución tampoco existe alguna norma que vuelva inexpropiables estos fondos”.

Y agrega: “Ahora bien, ante la seguidilla de actos tramposos de la derecha, que han generado incertidumbre en la ciudadanía, personalmente me abriría a la posibilidad de declarar la inexpropiabilidad de los fondos de pensiones. Creo que este es el sentir de varios y varias de mis colegas, por lo que seguramente la comisión y, con posterioridad el pleno, podrían votar una norma de este estilo, con la sola finalidad de entregar certezas a las personas”.

El proyecto del gobierno

En concreto, la reforma constitucional del Ejecutivo agrega dos párrafos nuevos al artículo 19 Número 18 de la Constitución Política de la República.

En primer lugar, dice que “las prestaciones de seguridad social se financiarán con aportes fiscales y cotizaciones obligatorias, en la forma y condiciones que establezca la ley. Los fondos originados en las cotizaciones obligatorias deberán destinarse única y exclusivamente a fines previsionales. Para estos efectos, también se entenderán dentro de los fines previsionales la administración de los fondos y el pago de pensiones alimenticias, en la forma que determine la ley”.

Y agrega que “sin perjuicio de los componentes propios de la seguridad social que integren el sistema, se garantizará siempre la propiedad del afiliado (a) respecto de los ahorros provenientes de la capitalización individual sin que la ley pueda expropiar dichos ahorros”.

En los antecedentes que enseña el proyecto, la reforma indica que desde hace años hay consenso en que se debe reformar el sistema de pensiones, pero que hasta ahora solo ha habido reformas fallidas. Así las cosas, “con ocasión de algunas de las alternativas de reforma que se han promovido en los últimos años, en el debate público se ha levantado una preocupación respecto del destino de los fondos previsionales de las y los trabajadores (as) que corresponden a sus cuentas de capitalización individual y la propiedad sobre ellos”, sostiene.

Ante ello, en los fundamentos de la iniciativa se detalla que esta reforma constitucional “busca hacerse cargo de la preocupación existente por los fondos ahorrados al día de hoy por las y los trabajadores (as) en sus cuentas de capitalización individual frente a una futura reforma de pensiones”.

Y añade que “establecer expresamente el derecho de propiedad sobre los fondos ahorrados en las cuentas de capitalización individual en la Constitución implica dotarlo de un nivel de protección adicional, excluyendo además la posibilidad de expropiarlos por ley. Esta restricción, de carácter absolutamente extraordinario en nuestro ordenamiento jurídico, se incorpora de manera explícita con el fin de otorgar completa certeza a las y los afiliados (as) sobre la inexpropiabilidad de sus ahorros previsionales”.

También dice que “como consecuencia de esta garantía, la heredabilidad de estos fondos se seguirá rigiendo por las reglas antes descritas”.

Previo a que el gobierno ingresara el proyecto este lunes, la ministra de la Secretaría General de Gobierno, Camila Vallejo, comentó que la reforma que busca impedir la expropiación de fondos “es totalmente compatible con las posiciones que ha fijado la Convención Constitucional”, por lo que “ni el gobierno, ni la Convención, ni los parlamentarios de las coaliciones de gobierno están buscando la expropiación de los fondos”.

Ahí la ministra Vallejo precisó que “eso no está en nuestra agenda, no está en nuestras intenciones, no está en nuestra voluntad ni en nuestra imaginación. Y eso lo ha demostrado tanto la Convención como lo estamos demostrando con esta medida”.

Si bien desde la UDI valoraron el proyecto que ingresó el gobierno, no todos los diputados de Chile Vamos, que habían sido quienes presionaron al Ejecutivo para que enviara esta reforma constitucional, quedaron totalmente conformes con el proyecto. El diputado Frank Sauerbaum (RN) dijo que la iniciativa del gobierno “no deja contento a ningún sector”, la calificó de “insuficiente” y mencionó que se debería considerar no solo la inexpropiabilidad de los fondos actuales, sino también de los futuros. Además, apuntó justamente a que el gobierno pueda influir sobre la Convención Constitucional en esta materia.