Mucho más que empleo

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El proyecto busca generar mayores grados de flexibilidad y adaptabilidad para las jornadas laborales y, regular la prestación de servicios a través de empresas que operan por plataformas digitales de intermediación. Esta modalidad de trabajo ha generado incertidumbre sobre el régimen legal al cual deben quedar sujetos los trabajadores.


Estamos ad portas de que la Comisión del Trabajo del Senado inicie una discusión trascendente en materia laboral. Los congresistas definirán la relación que existirá entre trabajadores y plataformas tecnológicas de servicios, lo que determinará la inserción de Chile en los desafíos del mundo digital y en todo lo que implica el acceso a bienes y servicios que están a solo un clic de distancia.

El proyecto busca generar mayores grados de flexibilidad y adaptabilidad para las jornadas laborales y, regular la prestación de servicios a través de empresas que operan por plataformas digitales de intermediación. Esta modalidad de trabajo ha generado incertidumbre sobre el régimen legal al cual deben quedar sujetos los trabajadores. La gran pregunta es si los servicios prestados son por cuenta propia o ajena, lo que se definirá si se configura o no un vínculo laboral entre las partes.

Las personas que prestan servicios como trabajadores dependientes lo hacen bajo un vínculo de subordinación y dependencia que implica elementos básicos, como asumir la carga de trabajo descrita en el contrato y que el trabajador se desempeñe bajo la dirección, supervigilancia, control y disciplina al interior de la empresa.

De no ser así y, por lo tanto, no se configura el vínculo laboral, se concluye que quienes prestan estos servicios en plataformas digitales lo hacen por cuenta propia, de manera independiente, sin quedar afectos a los derechos y prerrogativas que impone el vínculo laboral (remuneración legal mínima, derecho a feriado, gratificación legal, etc.).

Es decir, el proyecto propone que no queden sujetos a una relación laboral de subordinación y dependencia, en tanto no exista supervigilancia, no se contemple exclusividad y los trabajadores puedan determinar la forma y oportunidad de su prestación. De hecho, estas personas podrían rechazar el servicio encomendado, algo completamente ajeno al estatuto laboral.

Esta nueva modalidad permite a los involucrados gozar de múltiples beneficios: distribuir flexiblemente su tiempo en una o más plataformas; generar ingresos según las oportunidades que otorgue este "mercado digital"; y, además, podría incorporar al mundo "laboral" a personas antes excluidas o el reingreso de adultos mayores.

Y para la autoridad, el desafío será normar esta realidad sin restringir la proliferación y consolidación de estos nuevos mercados, que impactan positivamente en la economía y, sobre todo, en los consumidores, que recibirán un mejor servicio.

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