Un día intenso tuvieron este jueves los reguladores y las AFP en medio de los preparativos para implementar todo lo necesario para el retiro de fondos que se aprobó definitivamente en el Congreso, reforma constitucional que este viernes será promulgada por el Presidente Sebastián Piñera. De todas maneras, aún faltará que Contraloría tome razón, y luego su publicación en el Diario Oficial para que entre a operar.
Las reuniones entre las administradoras, los bancos, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), y la Superintendencia de Pensiones no han parado, de hecho, sostuvieron reuniones, y los primeros resultados de estas tratativas vieron la luz este jueves.
Esto, porque el Banco Central (BC) publicó un comunicado entregando indicios de los mecanismos que podría implementar de cara a la masiva venta de activos que tendrán que hacer las AFP. Más tarde, la Superintendencia de Pensiones comunicó que instruyó a las AFP, entregando una hoja de ruta para que las administradoras tengan claro cómo funcionará todo el sistema operativo.
El tema más esperado por las AFP, era justamente este último: el regulador emitió dos oficios con instrucciones con el procedimiento, los plazos y los resguardos que deberán adoptar. Entre otras cosas, señaló que las administradoras deberán enviar información a sus afiliados sobre el monto máximo que podrían retirar, expresado en cuotas y pesos, en un plazo de dos días hábiles desde que se recibió el oficio. Por lo tanto, empezaría desde el lunes, salvo que pidan prórroga. Allí también deberán informar el procedimiento para el retiro y el pago, comunicando que se deberán privilegiar los canales remotos.
Pero para el mercado, el mensaje del BC fue el crucial, ya que señaló que se encuentra “estudiando medidas adicionales para profundizar la liquidez del mercado abierto de renta fija”. En ese sentido, dijo que “esto contempla las adecuaciones regulatorias necesarias para el desarrollo de Repos u otras operaciones pactadas de compra contado y venta a plazo simultánea de instrumentos financieros de la misma especie, como también evaluar la realización de esta clase de operaciones por el propio BC”.
Con todo, este jueves la Bolsa de Santiago subió 1% hasta los 3.984 puntos. En tanto, el dólar retrocedió $1,16 a $767,68, por lo que en tres días de baja acumula -$18, anotando su menor nivel desde el 8 de enero.
Las instrucciones
La Super de Pensiones informó que a la fecha de la publicación en el Diario Oficial del proyecto, las AFP deberán tener habilitado en su sitio público un banner especial que conduzca a un minisitio asociado al retiro de fondos, donde tiene que haber una aplicación informática que permita el ingreso de la solicitud de retiro y consultar la AFP de afiliación.
En caso de que un afiliado retire menos del 10%, la persona podrá hacer nuevos retiros hasta completar el máximo permitido, siempre y cuando sea dentro de un año desde que se publicó la ley.
El primer pago corresponderá al 50% en un máximo de 10 días hábiles desde que se presenta la solicitud, y el 50% restante en un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de pago del primer retiro. Cada pago tendrá un límite de 75 UF.
Por otro lado, si bien el regulador le había solicitado a los parlamentarios que quede establecido en la reforma que se puedan congelar los cambios de fondos mientras dure el proceso de retiro del 10%, esto no quedó consignado en el proyecto. De todas maneras, el regulador ahora informó a las AFP que en caso de que una persona solicite cambio de multifondo, y al mismo tiempo haya un pedido de retiro de pensión, implicará que se postergue la operación de cambio de fondo, hasta después de que se pague el retiro.
El regulador también señala que las AFP deben mantener abiertas todas sus sucursales, incluso en comunas que están en cuarentena, pero tendrán que hacer campañas de información enfatizando que se privilegien canales remotos.
Si bien los depósitos los pueden hacer en cuenta bancaria, de cajas de compensación o Cuenta 2, en este último caso, “podrá efectuarse en cuentas existentes o que se abran en forma inmediata para este efecto (...) la AFP deberá registrar dicho monto en un subsaldo de la misma cuenta, sin cobro de comisión ni régimen tributario”.